Ejemplo de fuerza irresistible: el que es arrojado a una piscina y cae sobre un bañista al quiere o mata. Esta fuerza física absoluta a la que se ha visto sometido el infeliz al que han empujado excluye la acción porque supone la ausencia de voluntad. El no era más que un instrumento de la voluntad de otro. Esta era la concepción que existía en los códigos anteriores al actual en que la fuerza irresistible se contemplaba como causa de la exclusión de la responsabilidad penal (art. 8.9º del Código de 1973), pues se consideraba que quien actuaba violentado por una fuerza irresistible no era dueño de su acto material.
Hoy, con el Código actual es clara que una conducta como la del ejemplo es absolutamente impune.
No se entiende demasiado bien a lo que te refieres.
Un ejemplo de fuerza irresistible para mí sería cuando voy al videoclub y veo una película que, de antemano sé que es floja, pero a su vez contiene en su ficha artística el nombre de Julia Roberts. Casi siempre la acabo alquilando.
Hecha la broma, que te pido me disculpes, te aclaro en función de lo que he entendido. Los delitos pueden cometerse por acción, pero también por omisión (omisión propia) o por comisión por omisión (comisón impropia). Un ejemplo de este último caso sería el de la madre que deja morir a su bebé de hambre. Es garante de la vida del pequeño y, por tanto, su no actuar es equiparable a un actuar en sentido propio. Si no te he aclarado lo que pretendías detalla un poco más.