Tengo convenio de oficinas y despachos en Madrid. Mi sueldo es superior al que figura en las tablas base y llevo dos años sin tener una subida de sueldo (ni siquiera el IPC) ¿Tengo derecho a estas subidas?
Yo creo lo siguiente: Me imagino que tu cobras la diferencia de sueldo mediante algún tipo de plús. pero te pondra en la nómina el salario base que figura en convenio, este salario se incrementará con el IPC. no se que tipo de plús cobraras o si está en convenio o si te lo dan como gratificación, etc. de todas formas refiriendome al salario tienes la subida como todos.
Paco, todo dependerá del caracter absorbible o no de la majora voluntaria que tienes.
Si es absorbible, la empresa puede rebajarte la misma por el mismo importe que el convenio haya aumentado los conceptos previstos en el mismo (salario base, antigüedad, etc), de forma que se compense y tu salario global quede igual (lo que variará será el importe da cada concepto) y será en el momento y por el importe que determine la empresa (o hayais acordado) cuando se proceda a tu revisión salarial real (que no tiene porque coincidir en el momento e importe que marca el convenio). En teoría, podráin congelarte el salario global indefinidamente, mientres esté por encima de convenio.
Si por el contrario, esa mejora voluntaria no tiene el caracter de absorbible, la revisión del convenio no tiene que afectar a la misma, por lo que se produce un aumento de tu salario global.
Mi salario base es superior al salario base que marcan las tablas del convenio, y además tengo una serie de pluses (transporte, dietas, manutencion, puesto, etc.) que son siempre los mismos y con la misma cantidad. Estos pluses forman parte del sueldo que figura en mi contrato, es decir, lo que marca mi contrato es la suma de mi sueldo base más los complementos.
Yo creo que si el convenio dice que se incrementaran los salarios con el IPC. ati no te pueden excluir. a no ser que especifique que los pluses se congelan, o desaparecen etc.