Por favor no dude ni por un momento que pudiera ser "colega" suyo, que para nada.
Las conversaciones de cafeteria por favor en los establecimientos dedicados a ello.
Me permito guardar su intervencion y cito literalmente "en la jurisprudencia se mira cuestiones de fondo, el simple mátiz semántico no tiene importancia" o "no se qué tiene que ver que fuera o no una separación litigiosa para que se pida o no con posterioridad una modificación de medidas"
Le ruego siga interviniendo, asi le iremos conociendo porque su entrada digamos no ha sido todo lo excelente que a buen seguro esperaba.
Un saludo
Señor ferro57 (ahora la que duda que sea compañero soy yo), en la jurisprudencia se mira cuestiones de fondo, el simple mátiz semántico no tiene importancia, además estamos hablando de forma coloquial, y no se qué tiene que ver que fuera o no una separación litigiosa para que se pida o no con posterioridad una modificación de medidas... si el sentido es otro espero lo aclare, porque yo ahora mismo lo único que he entendido es que no le gusto y no quiere que intervenga.
Con todo respeto
En que parte de la proposicion ha deducido que no fue una separacion litigiosa?
Respecto a incremento permitame mantenga que la inmensa mayoria de sentencias en familia utilicesn actualizar y no incrementar; le ruego mire en la jurisprudencia la enorme diferencia
Un saludo
He visto el otro post y no se que tiene de extraño que sea especialista entre otros de violencia de género y pueda indicarle a una señora que pregunta que consulte determinada web de la CCAA de Madrid. Mire soy especialista de violencia y estoy adscrita al Turno de Oficio, es decir que tengo guardia en mi localidad cada mes y un fin de semana al trimestre y he visto muchos casos de violencia así que sé de qué hablo. También tengo experiencia en derecho sucesorio aunque no tengo diploma acreditativo, pero de violencia si... y de extranjería y de familia.
El convenio regulador aprobado en la sentencia de divorcio y lo del incremento es que la actualización es un incremento conforme al IPC. No se a que viene, pero bueno, compañero, no se ponga usted así.
"maribel25 Fecha: 06/06/2009 No soy de ningún Instituto de la mujer, soy abogada especialista en violencia entre otros y estoy perfectamente cualificada"
Quinta intervencion
http://www.porticolegal.com/foro/familia/494345/espero puedan ayudarme!!
Convenio Regulador?
Sentencia y punto. Por cierto la inmensa mayoria de sentencias hablan de actualizacion y solo excepcionalmente incremento
Un saludo
No se puede cambiar a no ser que hayan cambiado sustancialmente las circunstancias desde que se aprobó el convenio regulador ( que se haya quedado en paro, que le hayan disminuido el salario, que el padre pase a mejor fortuna...) ya en dicho convenio viene un incremento conforme al IPC y podía no haber estado conforme en su momento. Si usted sigue en la misma situación de cuando se divorció no lo solicite porque no se la van a conceder.
Hola.
Mi ex-marido me pasa una pensión para la manutención de nuestro hijo de 185€ actualmente. quisiera saber si cabe la posibilidad de aumentarla pues las necesidades del niño han aumentado considerablemente sobretodo en cuestión de alimentación.
No sé si esa cantidad es mucho o poco dinero. Lo único que sé es que me veo apurada todos los meses y que yo pongo mucho más dinero que su padre para su manutención.
Gracias de antemano.