Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Aumento ipc 6% sin avisar en alquiler de nave

2 Comentarios
 
04/04/2023 18:49
Opino como Itoito: le tocaba la revisión en septiembre, peor si lo han dejado para marzo, pues esos meses que nos ahorramos. Pero la revisión es correcta.

Siempre sin efectos retroactivos. Los meses pasados, pasados están. Salvo el atraso de un mes debido a retrasos en la publicación del IPC, que ese -como bien dice Itoito- sí es recuperable.
04/04/2023 17:41
La aplicación del ipc debe ser al mes siguiente a la comunicación, pero pueden comunicarla en cualquier momento habiéndose cumplido la anualidad y sin carácter retroactivo. Si su fecha de contrato es de febrero y se lo comunican en marzo es porque la cláusula de la subida indicará los 12 últimos meses. En otras cláusulas se indica el último mes anterior al del cumplimiento de la anualidad. Habría que saber exactamente qué dice la cláusula pero si es la de los últimos 12 meses, hay que esperar hasta mitad del mes siguiente para saber el ipc del mes anterior, por lo que no se puede comunicar antes y en este caso se aplica en abril pero sí debe pagar la diferencia de lo dejado de cobrar en febrero y marzo, porque es algo ajeno al propietario. Si la cláusula pone como referencia el mes anterior al de la anualidad, deberían habérsela comunicado el febrero y aplicado en marzo y no habrá de pagar esa diferencia, ya que no tiene efectos retroactivos y sí ha dependido de la voluntad del propietario
Aumento ipc 6% sin avisar en alquiler de nave
04/04/2023 13:04
Buenos dias. La propietaria de la nave que tengo alquilada a cambiado de inmobilaria. En el contrato figura una inmobilaria como arrendadora y ahora lleva otra imobilaria dicho inmueble. Bien, solo me han adjuntado una hoja conforme ahora se hacen cargo ellos de el cobro del inmueble, ni siquiera un anexo del contrato.Me han enviadola factura y mi sorpresa a sido el incremento de un 6 % ( la mensualidad era 600 euros, asi que 36 euros de mas) en el concepto indica : aumento ipc periodo 02/22 al 02/23)no comprendo esta fechas si no se subio en setiembre que es cuando cumplia la anualidad y estan hablando del pasado, vaya esta a sido la primera factura con ellos, tengo entendido que deberian avisar 2 meses antes de cumplir cada anualidad del contrato, cierto? cada anualidad desde la fecha del contrato seria en setiembre y ya se me ha incrementado en abril. Este incremento a dia de hoy es incorrecto,,cierto? deberia actualizarse en todo caso el mes de setiembre .Gracias de antemano.