La auditoria puede pedirla cualquier socio dentro del periodo de TRES MESES del cierre del ejercicio social, p.e. si el cierre es a 31 de diciembre, hasta el 30 de marzo del año siguiente. Debe hacerse ante el Registro Mercantil donde esta inscrita la sociedad. Dudas: vcp@vodafone.es
En una S.A. para contratar una auditoría VOLUNTARIA, es necesario que la apruebe la Junta General ?, o simplemente que la contrate el Consejo de Ad.
Queremos, registrar la auditoría en el Reg. Mercantil, con acta Notarial.
Un saludo