Tengo una participación en una sociedad de un 20%, que actualmente se encuentra disuelta y en liquidación. Soy la minoría, frente a la mayoría (80%) que está unida. Todos los años solicito auditoría (la sociedad no está obligada a hacerla). Los ejercicios 2013 y 2014 se negaron a hacerla a pesar del criterio del Registro Mercantil (no está disuelta en Hacienda, SS, etc. De hecho el registro les dice que no está disuelta pues podría volver a la actividad en cualquier momento).
Lo único que han hecho es, aprovechando que tienen la mayoría, adjudicarse los bienes. Hicieron un inventario en precario sin detallar las unidades de cada cosa, es un negocio hostelero, y omitiendo muchas. He por escrito quién se hacía responsable de tal inventario y hasta hoy. Este año, me estoy planteando no solicitar la auditoría. ¿Debo de solicitarla?¿Qué perjuicio puede tener para mi no solicitarla aunque luego no la hagan?¿Qué provecho puede sacar la mayoría si no solicito auditoría? Y por último ¿La forma de liquidar la sociedad (lo que he contado), es delito? ¿Qué puedo hacer en relación con los bienes que se han adjudicado? Gracias. Un saludo.
Es primordial que ud. la pida aunque se niegen hacerla.
Les ponga una querella por apropiación indebida y que el juez demande una auditoria o un peritaje de cuentas y activos.
Busque un buen letrado y, les pida información contable en una junta de accionistas.
Saludos