Tratas de llegar a un acuerdo, se resuelven sobre la marcha (o el juez se lo reserva para hacerlo detnro de los 5 días siguientes) las excepciones procesales, resueltas éstas si se desestiman hay un nuevo intento de conciliación, se realizan alegacioens complementarias, se aceptan o no los documentos presentados, se acuerda qué es el objeto litigioso, se propone prueba, puede recurrirse la resolución, se señala juicio, se establece a quien se entregan las peticiones de auxilio judicial, se cita a las partes a juicio y eso es todo.