Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

audiencia previa

2 Comentarios
 
Audiencia previa
20/11/2007 19:07
Hola a todos:
Podeís decidme si con un "apud acta" para representación procesal es necesario que asista mi cliente(demandante) a la Audiencia Previa del Juicio Ordinario civil, o se requiere para que no vayan el poder especial del que habla la LEC?; hay que tener en cuenta que el demandado no ha contestado la demanda pasando totalmente, es decir, que ni va haber transacción ni allanamiento y menos todavía renuncia. Gracias y saludos
20/11/2007 19:42
Los apud acta suelen incluir las facultades de allanarse, renunciar o transigir. Si no lo incluyen, se dice en el juzgado para que lo hagan. Con ello, no hace falta que vaya el cliente ( aunque a veces es recomendable si los términos de la negociacion aconsejan que vaya para que se pueda matizar lo que desea o no).

El demandado puede presentarse el día de la audiencia previa, con lo cual no se excluye la posibilidad de acuerdo amistoso, así es que no pueden exlcuirse sorpresas.
20/11/2007 19:47
De acuerdo con Data, ya que, en 1 ocasión pude apreciar un problema de poderes en una Audiencia Previa que arrastró hasta el recurso de apelación y la Audiencia Provincial, decretó la nulidad, porque el poder no contenía las facultades necesarias.
No te cuesta trabajo que asista tu cliente y evitarás posibles e innecesarios problemas.