Hola a todos, os cuento el caso, a un autonomo le deben unas facturas cuyos pagares son devueltos, ante la imposibillidad de cobrar se demanda a la sociedad, se comprueba que esta no tiene dinero pero se descubre que la administradora tiene un piso, se solicita el embargo preventivo del piso. Llega el dia de la audiencia previa y nos dice que nuestro abogado que la parte demandada dice que se ha cambiado la administradora de la sociedad y ahora es la pareja de esta.Ante esto nos dice nuestro abogado que debe ampliar la demanda al nuevo administrador y solicitar de nuevo audiencia previa.Esto me choca, como es posible esto, si en el momento de la demanda y de los trabajos realizados por el autonomo la administradora era la demandada es normal esto que nos dice nuestro abogado o hay algo raro en esto?. Gracias