Nos hemos allanado a la demanda de un procedimiento ordinario, y ahora nos citan para audiencia previa ¿tenemos que ir a esa audiencia previa, teniendo en cuenta que nos hemos allanado?. Gracias
Al constar en autos vuestro allanamiento, no habría necesidad de acudir. Sin embargo, no estaría de más comparecer el día de la audiencia previa para ratificar ese allanamiento.