Buenos días! Notifican una multa coercitiva impuesta por un Ayuntamiento por no realizar unas obras y en el contenido aparecen dos informes del Gobierno de la CCAA y del arquitecto municipal acordando realizar las obras, del que no se ha dado traslado a las partes con anterioridad a la imposición de la multa y dentro del acuerdo lo hacen ¿tendrían que haber informado a los interesados de la existencia de dichos informes con anterioridad para que pudieran recurrir si lo desean o es un trámite que se puede hacer sin audiencia al interesado y directamente imponer la sanción y comunicar su existencia en la resolución de la sanción? gracias.