Hola compañeros, tengo dudas para encauzar un asunto de arrendamientos urbanos que me acaba de entrar en el despacho:
se trata de un contrato de A.U.de vivienda. Los arrendatarios han dejado el piso hace un mes (antes de que finalizase el plazo), con diversos desperfectos(en los muebles de cocina, del baño, suelos, etc..), con lo que reponer todas estas cosas supone más de 3.000 euros. En el contrato se hizo constar que los arrendatarios eran un matrimonio, aunque solo firmó el esposo, y ahora éste ha firmado un documento a mis clientes diciendo que acepta que se los arrendatarios han abandonado la vivienda en fecha x.., dejando mulitples desperfectos en la vivienda, (textualmente dice: "daños generales en la cocina y cuartos de baño, que necesitan de sustitución de muebles equipos y electrodomésticos, daños en cerrajería, carpintería y suelos, muebles y cortinas que requieren de sustitución, no descartando defectos ocultos".)
La semana pasada hice ir a un perito para que valorara y tasara los daños.
Ahora me pregunto si es necesario que acuda también un notario para levantar acta de como está el piso (aunque ya ha pasado un mes des de que abandonaron la vivienda), o si créeis que es suficiente con el reconocimiento de daños que hizo el arrendatario y con el informe pericial,para reclamar en juicio?