Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

¿Atribuible común o particular?

6 Comentarios
 
perfil Anónimo
18/10/2016 17:59
amadeo2002
Mil Gracias Amadeo, ahora si me ha quedado totalmente claro.
PErdon por mi dureza de cabeza :)
18/10/2016 13:45
Anónimo
para la 1ª pregunta, si todos los gastos, sean cuotas o derramas se pagan según venga escritura
para la 2ª lo especialmente establecido, quiere decir que existen comun idades que por UNANIMIDAD adoptan el reparto de gastos a partes iguales, esto puede ser para la cuota mensual o para un gasto determinado
perfil Anónimo
18/10/2016 11:42
amadeo2002
Gracias Amadeo,
¿entonces lo que ponga en la escritura de reparto vale tanto para gastos corrientes como derramas o mejoras?
Con respecto al otro parrafo de lo "especialmente establecido" se refiere a lo acordado en un acuerdo ad hoc para una obra? o se refiere a lo especialmente establecido para cualquier gasto?
Un saludo y perdon.
17/10/2016 20:30
Anónimo
el párrafo lo divido en dos partes
"Contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título"
usted coja la escritura de obra nueva y división horizontal o tal vez en su escritura lo ponga. y ahí le dirá el coeficiente de participación con el que tiene que contribuir.

"o a lo especialmente establecido"
ustenes han podido establecer otro sistema, yo no lo se, podrìa ser a partes iguales, eso lo debe de saber usted
y no mezcle la forma de repartir los gastos, con la forma de votar las cosas, son cosas muy distintas
si no me ha entendido vuelva a preguntar e intentare ayudarle
perfil Anónimo
17/10/2016 17:41
Anónimo
Jajaja, gracias anonimo, casualmente si entramos en estos foros y participamos es porque algo no nos queda claro. Ojala entendieramos del tema y leyendo simplemente esto:
Art.9 e) Contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título o a lo especialmente establecido, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, 9cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización."
supieramos que supone en concreto. PAra nosotros leyendo eso obtenemos que se puede hacer lo que quiera, ya sea ceñirse al coeficiente o votar lo que quiera la comunidad ¿no? ¿Una u otra cosa debe votarse y salir por mayoria simple?
perfil Anónimo
17/10/2016 15:29
Anónimo
Pues simplemente leyendo el art. 9.E de la LEY PROPIEDAD HORIZONTAL
¿atribuible común o particular?
perfil Anónimo
17/10/2016 14:19
Hola,
¿Como podemos hacer para decidir en una comunidad si un gasto de mantenimiento lo repartimos segun coeficiente o segun propietarios?
Gracias, un saludo.