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atrasos

2 Comentarios
 
09/03/2016 13:24
Muchas gracias.

Saludos.
09/03/2016 13:11
Ambas cosas. Tiene que regularizar todo lo que no haya percibido por estar cobrando directamente del INSS:

- aplicar el incremento según nuevas tablas a la antigüedad que ya venía percibiendo, con los efectos retroactivos correspondientes;
- abonarle el nuevo trienio, con sus correspondientes atrasos desde la fecha en que se devengase.
Atrasos
09/03/2016 12:38
Buenos días,

Os comento unas dudas al calcular una nómina de atrasos, para ver si alguien consigue ayudarme.
El caso es que una trabajadora estuvo con el contrato suspendido por maternidad en noviembre 2014 hasta marzo de 2015, y en enero de ese mismo año generó un trienio adicional en concepto de antigüedad pero, no se le abono durante los meses de suspensión del contrato por maternidad, debido a que el pago le hace directamente el INSS.
Ahora publican tablas salariales y tengo que calcular nóminas de atrasos de esta trabajadora del año, 2015.
Mi duda es:
¿Tengo que abonar en esa nómina de atrasos el importe que en su día no se la abono del NUEVO TRIENIO de antigüedad que generó, por estar de baja por maternidad, durante los meses de enero, febrero y parte de marzo de 2015? o, por el contrario, del importe que se la pago en concepto de antigüedad en su día, ¿aplico el incremento salarial de las tablas salariales publicadas?
Gracias de antemano.

Un saludo