Buenos días, agradeciendo de antemano su tiempo y respuesta, le quería consultar lo siguiente: casi a los 18 meses, el INSS me dio el alta. La impugné judicialmente, pero me vi obligado a incorporarme al trabajo. El servicio de salud laboral me dio no apto, no obstante, continue asistiendo al trabajo y cobrando mi sueldo. Se celebró juicio y gané el alta indebida, emitiendose sentencia favorable condenando al INSS a reconocerme la baja hasta que hubiera motivo para darme el alta, y al pago del 75% de mi base reguladora diaria. Ya me vio el EVI, porque me llamaron sobre la marcha, me imagino que por haber cumplido ya con esos 6 meses los 730 días (24 meses de baja) y por tanto de oficio. Me debe pagar el INSS, conforme a la sentencia los seis meses que me reconoce la sentencia de ILT aunque haya estado trabajando obligado por el propio INSS. Muchas gracias
Hola. No creo que el INSS te pague la baja del tiempo en que , a trancas y barrancas, estuviste trabajando y cobrando un salario. Es incompatible la realización de un trabajo y el cobre de una salario con el cobro de la baja.
Cuestión muy distinta hubieses sido si hubieses estado en excedencia.
Ya informarás del resultado si te parece bien.
Saludos