Hola buenas,De baja el INSS la da por anulada , entonces la empresa me quita 15 días por ausencia no remunerada ,en la misma nómina hay 12 días de vacaciones más,4 días trabajados. Hasta 31 de marzo.
En la nómina me ingresan 185,00€.Descuentan por los 15 días 930,51€. Por los días de vacaciones y días trabajados 16 días ,pagan 185,00 Descuentan 75,55 SS 5,55 del 2%IRPF.En total la nómina de 16 días,es de 266€. He reclamado y me dicen que haga lo que quiera que es correcto,decir que llevo varios reclamaciones por qué en cada nómina me bajan 120,159,180. Y a si sucesivamente durante más de 1 año ,he estado mucho tiempo de baja por enfermedad.
En lista de espera operación,el INSS da el alta sin revisar, aunque hay impugnación de baja .
Puedo denunciar ante ministerio de trabajo?.
Que se puede hacer en este caso.
Saludos gracias.
Como usted el personal de la Administración pública ha obtenido una sts favorable por la que se tienen que cobrar trienios aún estando de baja, (es decir que si se genera un trienio estando de It se debe cobrar a parte de la nómina por it), no obstante esto sucede en la Admon en la empresa privada será según lo que diga el convenio.
Buenas, he decidido escribir aquí para no abrir otro tema ya que la consulta es similar pero con matices.. os pongo en antecedentes, trabajo para una empresa con contrato fijo, hace unos meses sufrí un accidente de coche y me encuentro de baja desde hace 7 meses, según mi contrato cobro el 100% estando de baja sea cual sea la causa, y durante el periodo que llevo de baja tengo un aumento de salario de 3500 €/ año que previamente tenía ya pactado con la empresa, me dicen que hasta que no me incorpore no me pueden hacer la subida ya que se calcula para la baja la base del mes anterior, no obstante, he leído algún artículo que dice que los trienios y subidas pactadas sí que se tiene que percibir, me gustaría salir de dudas, espero haber sido claro, conciso y haberlo puesto en el lugar correcto.
Pd: sois un foro referencia, llevo años consultando y es la primera vez que escribo ya que las otras dudas que he tenido siempre he encontrado aquí la respuesta, enhorabuena a todos y gracias de antemano.
El primer mes que se reincorporó le pagaron como di siguiese de baja y luego le hicieron un reajuste y tuvo usted que pagar 290 €? Pero si lo más normal es que estando de IT se cobre menos que trabajando así que como es eso posible, en tal caso le tendrían que abonar a usted esa cantidad.
En cuanto a su compañera, si no hubiese tenido que renovar pues aunque quisieran durante la duración de la IT no podrían haberle bajado la jornada de 20 a 10 h pero al renovar cto se lo ponen a 10 horas y entonces si le siguieron pagando como 20 h, efectivamente se trata de un error que la empresa puede corregir.
smo
Si, igual no me he explicado bien. Estos 3 meses he cobrado ya con la subida. Salvo el primer mes, que me pagaron como si siguiera de baja y luego en la nómina siguiente me soplaron 290€ de reajuste. Y si, la empresa me paga un complemento hasta el 100% por ser mi primera baja.
Esto le ha pasado también a una compañera que se rompió un dedo a una semana de terminar su contrato de media jornada temporal. Ahora le han dado un fijo de 10horas semanales y la baja se la han pagado entera a media jornada. Cuando se ha reincorporado le han dicho que era un error porque desde la segunda semana tenían que haberle pagado su baja a 10horas y directamente en mayo no le han pagado nada como reajuste a lo que supuestamente debía a la empresa por el error. Ella solicitó que se lo quitaran en 3 veces al menos y estamos a punto de cobrar otra nómina y aún no le han respondido. Esto es normal?
Jrusulon, no estoy de acuerdo, aunque tengan el complemento hasta el 100 % sería con la base de It del mes anterior al de la It y por tanto sin aplicar ninguna subida hasta no obtener el alta, eso sí, estos últimos 3 meses que ya está trabajando tendrían que ser con el salario actualizado
Podría ocurrir que el convenio estableciera un complemento al 100% de las retribuciones en caso de baja médica, sería lo único que le permitiría percibir esa diferencia.
Si en enero le subió el salario por convenio pero usted antes de enero estaba de baja, a usted se le paga la prestación de IT con los cálculos de la nómina del mes anterior al de la IT y solo cuando se reincorporé comenzará a tener dcho a ese incremento salarial, por tanto no tiene atrasos que recibir por ese concepto.
Por cierto, desde que se reincorporó, (esos 3 meses), si como dice ha habido incremento salarial, pues esos 3 meses si le tienen que pagar ese incremento, de hecho lo que no se entiende es que la empresa no se lo este abonando ya.
smo
Pues me temo que no porque cuando se está de baja por incapacidad temporal lo que se percibe es una prestación cuyo abono corresponde a la Seguridad Social aunque sea la empresa la que, normalmente, abone las nóminas en pago delegado. La base reguladora de la prestación es la base de cotización del mes anterior a la baja. En consecuencia, mientras se permanece de baja se cobra conforme a lo que se cobraba en el mes anterior. Los porcentajes que se aplican a base reguladora varían dependiendo del tiempo que se permanece en la situación de incapacidad y de su origen, común o profesional
Buenas tardes,
Llevo 7 años en la misma empresa y cada año hasta 2019 he recibido un pequeño aumento salarial. En 2020 no. En 2021 se me aumentó un 0,5% que no he recibido por haber estado 11 meses de baja laboral. Ahora me he reincorporado hace 3 meses y he solicitado los atrasos o el recalculo de la prestación. La empresa me ignora y va pasando el tiempo…hoy mismo he tenido la reunión laboral de 2022 y me han comunicado que tampoco me aumentan cuando sé que a otros compañeros si. Temo que esto sea así por la baja médica que me ha tenido 5 meses en silla de ruedas. Tengo motivos para reclamarles los atrasos de lo que al menos me han aumentado estando de baja? Gracias