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atrapada en el piso

2 Comentarios
 
Atrapada en el piso
23/09/2009 13:39
tengo un contrato de arrendamiento (1/7/05), han habido denuncias mutuas por daños (fui absuelta porque mi casera no pudo probar que habia daño de un árbol por podas, que por cierto era lo único que tenia que probar), amenazas, coacciones....
Llegué tarde a un juicio ahora apelado... finalmente pongo denuncia administrativa ante el ayuntamiento por violaciones a la ley de vivienda de cataluña (9/4/08 vig), a día de hoy no tengo respuesta y no quiero seguir en un lugar lavando la ropa en la bañera porque aquí dentro no hay pica ni desagües para lavadora. ¿cómo rompo el contrato?

en el contrato pone que los contadores los tengo que poner yo cosa que no puedo hacer porque no tiene cédula de habitabilidad pero no creo que me sirva de causa porque eso lo descubrí cuando llamé a fecsa hace como 3 años.

quisiera usar el art. 1124 CC pero necesito el informe del ayuntamiento como prueba y me dan largas.

Con lo de no molestar de hecho y de derecho pues ídem.

Si me voy sin justificación legal todavía podría reclamarme todos los meses hasta julio de 2010.

La fianza no la ha depositado y me cobró 2 meses, son menos de 900 pero idem todo lo anterior.

Seguramente tampoco declaró en hacienda por un piso sin cédula pero eso de poco me puede servir.

¿alguna idea?
perfil Jan
23/09/2009 17:22
Hola Niberkis. En función de los incumplimientos en los que haya podido incurrir la arrendadora y la prueba de la que disponga puede hacer uso de los siguientes preceptos:

1º) Art 26 en relación con el art 21 LAU 1994

2º) Art 27.3.a) en relación con el art 21 LAU 1994´

3º) Art 27.3.b) si existen falta de suministros.

Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos quien, con el contrato,la documentación relacionada con el mismo y los datos que usted aporte, le asesorará sobre la mejor forma de proceder.

Lamento no poder ser de más ayuda.

Reciba un cordial saludo.
23/09/2009 23:23
gracias, jan. El problema es que las soluciones que me dan los abogados es ir con la mano izquierda. Al parecer (ya empiezo a convencerme), el sistema judicial no se ocupa de estas "pequeñeces".

Me he preparado toda la denuncia administrativa por violaciones a la ley de vivienda de Cataluña, me lo he currado de verdad, esperaba poder demandar (cuando tenga las act. del ayuntamiento) a esta persona por un verbal (con las esperanzas que me dan, al menos no perjudicarme) pero superaría los 900 y nada, al parecer tendré que usar la vía izquierda y no me gusta nada porque para mi es una cuestión de principios, ya va siendo hora de que me pase los principios por el arco de triunfo.