Quizá no me he expresado correctamente Jecc, cuando hablo de la ilegalidad de la modificación, lo digo por no haberse realizado con la preceptiva licencia, lo cual no significa que su legalización, en su momento, sea un obstáculo insalvable, ni mucho menos.
Por lo demás, subscribo totalmente tu criterio, en el fondo creo que le venimos a decir lo mismo a David.
Hola a todos y gracias por contestar. Como dice jecc, yo sólo he comprado un piso ya que el promotor nunca me ofreció la posibilidad de comprar dicho trastero. Es más los 2 trasteros que se han edificado los ha comprado el mismo propietario. Mi queja viene porque los otros 2 trasteros que no ha edificado, los ha convertido en un ático con 3 veces más terreno del que iban a tener los trasteros, terreno que ha cogido de las zonas comunes. Además, si el día de mañana desde ese ático ocurre algo, como fuego, inundación, etc, estoy seguro que las aseguradoras se echarían para atrás a la hora de pagar ya que ese ático no debería de estar.
Dichos cambios no los ha legalizado, no ha modificado proyecto ni nada por el estilo, es más, el ático esta escriturado como trastero, lo que no sé es con cuantos metros.
A lo de que el promotor se reservó el derecho a hacer ese tipo de modificaciones, si llegamos a firmar eso, pero el contrato sólo hablada de mi piso y siempre bajo nuestro consentimiento.
Pac, he dado por hecho que no existe vínculo entre viviendas y trasteros, que son fincas registrales independientes ... porque David nos indica que compró una vivienda (un piso, dice) y no hace referencia alguna a la compra de un trastero, o a su superficie
decía que las partes que más me interesan no son la de la legalidad urbanística y la pasividad del concejal ... y es que es no tengo motivo para pensar que esa modificación es urbanísticamente ilegalizable
veo lógico que, en tanto una construcción siempre está viva, que el propietario (en este caso, promotor) pueda introducir modificaciones ... e incluso comprendo, por lo que me toca, que a veces la obra avanza más rápida que la tramitación administrativa, ejecutándose alguna pequeña modificación en base a unos planos para obra que todavía no han alcanzado el nivel de proyecto modificado, con visado y obtención de licencia
entiendo que, si la modificación es legalizable, el concejal no tiene que apurarse, ya que cuenta con que en algún momento se pedirá licencia a esa modificación ... ya que, de otro modo, el promotor tampoco podría modificar el título constitutivo en la división horizontal ... y asimismo entiendo que el concejal les proponga que denuncien si ese es su deseo, lo que daría lugar al inicio de un expediente de infracción ... e insisto en que no actúa de oficio si ve que la modificación es legalizable, ya que ese expediente de infracción es una labor tan ingrata como inútil
por eso mi preocupación está en la parte que afecta a la ley de propiedad horizontal, que creo salvable únicamente si en el contrato de compraventa el promotor se reservó el derecho a hacer ese tipo de modificaciones, y el comprador concedió su autorización
Sería interesante conocer si existe alguna forma, por ejemplo la publicidad de la promoción, por la que pueda deducirse la vinculación de cada uno de los trasteros a cada una de las viviendas.
Pero aún existiendo tal vinculación, si en los estatutos se permite su segregación, si alguno de los adquirientes de las viviendas no lo considera un elemento esencial y renuncia a él en el contrato de compraventa, aceptando una minoración en el precio por su exclusión, ¿ que uso se le dá a esos trasteros ?
Es obvio que el promotor quiera darle un aprovechamiento a ese espacio, en tanto que no significa un aumento de edificabilidad y, desde mi humilde opinión, al no constituir un elemento común, es susceptible de aprovechamiento lucrativo.
Cuestión aparte será la ilegalidad de tal modificación que, al no estar contemplada en el proyecto, no dispone de licencia.
Y todo ello sin obviar la posibilidad, de que el ático podría no reunir las dimensiones o requisitos básicos de habitabilidad.
la verdad es que es un caso en el que jamás he pensado ... y que, en cierta medida, se da habitualmente
no digo con esto que sea habitual la ejecución de obras sin licencia, sino que es habitual que el promotor, en tanto es propietario único, haga pequeñas modificaciones en el proyecto que aparentemente no afectan a los elementos vendidos ... y en consecuencia, también aparentemente, no afectan a los compradores ... haciendo un modificado de proyecto, pidiendo licencia y haciendo modificación de la división horizontal
como ves, las partes que más me interesan no son la de la legalidad urbanística y la pasividad del concejal ... sino la modificación del título constitutivo, agravado con la posible ocupación de suelo destinado inicialmente a elementos comunes
en tanto el promotor es el único propietario, lo que ocurre mientras no haya escriturado alguna venta, la ley de propiedad horizontal le permite modificar el título constitutivo, la división horizontal o cualquier otra cosa ... y es a partir de que exista más de un propietario cuando la unanimidad exigida por la ley de propiedad horizontal toma su verdadero valor
pero ocurre también que un comprador, aunque lo sea de una única vivienda, lo es según un proyecto y una licencia ... y la alteración del proyecto, aunque sea con licencia municipal, supone que el comprador de esa vivienda, aunque recibe la vivienda comprada, la recibe en un conjunto alterado respecto al proyecto por el que él ha comprado
creo que es un asunto interesante, inicialmente creo que existe base para la reclamación, que, si no llegas a un acuerdo para los cambios, finalmente conseguirás que la obra se adapte al proyecto ... y no sólo eso, sino que, de crearse jurisprudencia en ese sentido, es posible que haya que ampliar el concepto de propietario en la ley de propiedad horizontal, extendiéndolo a todos aquellos que tienen algún tipo de derecho de propiedad
Hola a todos, compre piso sobre plano, en el cual se iba a construir 2 locales, 4 pisos y 4 trasteros en la azotea.
El promotor/constructor ha construido los 2 locales, los 4 pisos, 2 trasteros y un ático , el cual, ocupa muchos más que los 2 trasteros que tenía que hacer y que creemos que esta en suelo de la comunidad.
Hemos ido al ayuntamiento y se lo hemos puesto en conocimiento del concejal de urbanismo, el cual, después de ver el proyecto, nos da la razón y nos anima a denunciar.
Mi pregunta es, ¿el concejal no debe abrir expediente al promotor al saber de la ilegalidad?
¿Si denunciamos que podemos conseguir, si se demuestra que esta en zona común?