Buenas tardes. Me gustaría plantear la siguiente consulta. Hace 30 años mis padres hicieron obra en el cuarto de baño y modificaron la posición de una bajante de aguas pluviales en el cuarto de baño, creando un codo para adosarla ala pared y eliminar una mocheta. Hasta hace trece años no ha habido ningún problema porque yo vivía en la casa y me encargaba de la limpieza de la cubierta comunitaria (nosotros vivimos en el último piso) para evitar atascos del desagüe. Pero desde hace 13 años que ya no estoy allí parece que nadie se encarga de ese cometido con la periodicidad que ello requiere. Las últimas lluvias han provocado inundación en la vivienda porque parece que la bajante está atascada pero, el seguro de la vivienda no se hace cargo de la reparación por ser un elemento común y la comunidad tampoco porque alega que se ha tocado la bajante y que no es de su responsabilidad. El estado de salud de mi madre, que vive sóla, es de lo más precario ya que, además de tener más de 60 años, está recién operada de corazón y no puede hacerse cargo de nada. Mi consulta es la siguiente:
- ¿quien está obligado a efectuar la reparación?.
- Ante la desidia de todo el mundo, que actuación recomiendan que hagamos.
Gracias anticipadas por la respuesta
Cuando hizo la modificación de la zona comun pidio permiso a la comunidad? ¿Esta recogido en el acta?
Si asi fuese le compete a la comunidad.
Ahora si el problema lo ha originado usted por modificar un elemento comun, la comunidad le puede obligar a reparar y dejarlo como estaba cuando se hizo el edificio.
La comunidad, por otro lado, tiene que tener los sumideros limpios, que es lo que puede exigir usted.
Justa; habrás leido sobre el proyecto ya vigente en algunas comunidades para construcciones nuevas, los requisitos que se tienen que cumplir y conservar, entre ellos, la conservaciones de planos arquitectonicos del edificio, la definición eshaustiva de las cosas comunes, tanto interiores como exteriores, ejemplo, canalizacion, bajantes,conducciones de agua caliente,fria, calefacción, todo tipo de conducciones básicas de proyecto, inodoros, ec. ect.,
Si esto se acomete con honestidad, nunca habrá duda ni prescripciones y se responsabilizará de irregularidades de propietarios en modificar sus condiciones de habitabilidad, AUNQUE DE UNA FORMA SOLAPADA LA LEY SE LO PERMITE TODO.
En el caso presente, palo al mono, por meterse donde no le llaman, ahora y hace cien años.