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asuntos propios

4 Comentarios
 
Asuntos propios
24/09/2011 11:19
vale avisar con una semana de antelacion mi peticion por escrito de asuntos propios? Y si tiene el cuadrante elaborado y por mi ausencia de ese dia que pido tiene que rectificar dicho cuadrante ¿es problema mio o de la empresa que no pueda cubrir el puesto?
Ademas no tengo porque dar esplicaciones para que las cojo ¿verdad?.
Muchas gracias
24/09/2011 17:30
Asuntos propios no es necesario justificar para que se cogen, en cuanto al plazo de preaviso o notificación, eso dependerá de lo que diga tu conv., los conozco en los que con 48 horas de antelación es suficiente hasta los que precisan de un mes.
24/09/2011 18:17
Gracias pero te falta responderme a mi segunda pregunta: Y si tiene el cuadrante elaborado y por mi ausencia de ese dia que pido tiene que rectificar dicho cuadrante ¿es problema mio o de la empresa que no pueda cubrir el puesto?
24/09/2011 18:49
A ver un cuadrante se pone (mas o menos a mediados de mes para el mes ss...ya se digo más o menos), y la potestad organizativa corresponde a la empresa, y aunque un cuadrante se pone para cumplirlo existen causas que lo impiden, como son Permisos Sindicales, otro tipo de permisos, ingreso de familiares, defunciones parientes de hasta segundo grado, Procesos de IT...etc, y en todos esos casos no se puede determinar la fecha, pero la empresa no puede escudarse en el cumplimiento del cuadrante para no darte un permiso por asuntos propios si en el conv, lo tienes reconocido, ¿te vale como respuesta?, los primeros en alterar los cuadrantes son las empresas y muchas veces de forma caprichosa.
24/09/2011 19:24
Muchísimas gracias jamgpreve ha quedado clarísimo. Un saludo.