Hola, llevo días volviéndome loca con un tema de asunción de deuda. El asunto es que mi marido tiene una vivienda que adquirió siendo soltero y está sólo a su nombre (su valor catastral es de unos 60.000€), pero dicha vivienda tiene una hipoteca a nombre de él y sus padres, con un tercio de la misma cada uno (que inicialmente era de unos 28.000€ y de la que quedan pendientes actualmente unos 18.500€). El tema es que ahora queremos hacer una novación de la hipoteca, pretenemos cambiarla de banco, ampliar el capital de la hipoteca a 70.000€ y ponernos de titular de la hipoteca sólo nosotros 2.
En el banco al cual pretendo llevarme la hipoteca me han comentado que tendré que pagar el impuesto por asunción de deuda perteneciente al impuesto de sucesiones y donaciones, y que suele ser bastante caro.
Hoy he ido a la oficina de recaudación de mi localidad (la agencia tributaria de la comunidad autónoma) y les he comentado el caso y me dicen que debo rellenar el modelo 651. Pues bien, yo no veo por ninguna parte dónde poner que lo que pretendo adquirir es una obligación (hipoteca), pues al parecer este modelo es para bienes o derechos, pero no pone nada de obligaciones, no sé si es que estoy haciéndolo al revés y sería mi marido quien adquiere un derecho al yo pagar parte de la deuda de una vivienda que es sólo suya.
El caso es que me gustaría que alguien me pudiese orientar, y decir, si efectivamente es ese modelo; si no es ese modelo; si nos puede salir más económico transfiriendo la vivienda con la hipoteca, o al contrario tributariamos por dos conceptos y, por tanto, sería más caro.
Es que ya no sé dónde ir, ni dónde preguntar, ni dónde buscar información. Porque tampoco me entra en la cabeza que además de que adquiero una deuda sin ningún derecho tengo que pagar un dineral.
Si alguien sabe cómo hacerlo, y de qué modo podría salirme más económico le estaría muy muy agredecida, porque esto me trae de cabeza, y empiezo a pensar que no me va a salir nada rentable.