Me gustaría saber si para mi incorporación a una junta de compensación es suficiente con ser propietario mediante contrato privado o tengo que tener escritura pública de compraventa.La escritura la firmaré en 2 o 3 meses. ¿hasta que no la firme no me podré incorporar o si que puedo hacerlo por que soy propietario según contrato privado?
En los estatutos pone que "la incorporación exigirá ostentar la propiedad de finca incluida en la zona de actuación y aceptar los estaturo y bases de actuación y comunicarlo mediante escrito o comparecencia".
Y en el contrato privado de compraventa que yo firmé pone que "La conservación de la urbanización correrá a cargo de la junta de compensación de la que formarán parte los propietarios de las viviendas"