Acabamos de formar una asociación sin ánimo de lucro y todavía tenemos los estatutos en el ministerio. Lógicamente, de momento no tenemos ningún socio dado de alta puesto que estamos esperando al registro de los estatutos, pero tenemos a una persona impertinente que no quería formar parte de la misma, pero ahora resulta que si y nos está intentando boicotear cara a los posibles asociados diciendo que estamos haciendo todo en secreto porque no queremos ni enseñar los estatutos. Mis preguntas son:
-¿Estamos obligados a enseñar los estatutos cuando aun no nos dieron número de registro en el Ministerio pertinente?
-¿Estamos obligados a una vez nos devuelvan los estatutos del registro a hacerlos públicos ante los posibles socios? o por consiguiente ¿sólo tenemos la obligación de mostrárselo a los socios?
Si me pueden decir en caso positivo o negativo de mis preguntas el articulo y la ley en que aparece registrado la visibilidad de los estatutos de una asociación sin ánimo de lucro.
Es que en este momento nos encontramos en una situación ante esta persona que lo que hagamos debe ser lo más correcto posible pues está intentando boicotearnos por todos los lados.
Feliz año 2017 esperemos que sea de mucho éxito en su asociación. Si que la tienes pesada con la persona que mencionas, sin ver a detalle el caso puede ser aventurada una opinión, pero en ocasiones la comunicación cercana con los posibles socios por parte de ustedes puede darles la confianza que necesitan sin necesidad de mostrar los papeles en un inicio hasta que ustedes lo consideren pertinente. Es decir cerrarle los espacios a la persona para la especulación.
Una Asociacion lo normal es que este abierta a mas socios no solo a tres que marca la norma de su constitucion, si esa persona quiere hacerse socio, porque le ponen pegas?
Un futuro socio tiene derecho a saber como funciona esa Asociacion y a que se dedica y lo mas logico es que lea el Regimen interno de la misma...
A saber,.....