Yo estudio la legitimacion de las asociaciones en Europa para actuar en interés colectivo de sus miembros.
Bajo la ley española esta posibilidad era esencialmente abierta a las asociaciones de consumidores o a las asociaciones profesionales (sindicato) para el trabajo colectivo de trabajo o asociaciones por la protección del medio ambiente.
Me pregunto si las asociaciones pueden actuar en el interés colectivo de estos miembros fuera de estas leyes especiales y si hay precedentes interesantes.
Me disculpo por mi español porque no practico a menudo.