Buenos días, quería saber si una Asociación de enfermos de Alzheimer debe tener un Registro de Actividades de Tratamiento.
El artículo 9 del Reglamento Europeo establece 3 requisitos (250 empleados, que los datos entrañen un riesgo, y finalmente que sean considerados especiales como los de salud) pero me viene la duda de si hay que cumplir con los 3 requisitos a la vez, o con tener uno solo de ellos ( tratar datos de saludo como el Alzheimer) ya es suficiente para tener que llevar un registro de actividades de Tratamiento.