Como público cuando quiera. Todos las sesiones del juicio oral son públicos, en virtud del principio de publicidad que preside el ámbito jurisdiccional. Eso sí, siempre que el juez, por motivos concretos (declaración de menores, previsión de altercados, ...) no establezca sesiones a puerta cerrada.
Los procesos cerrados, ocultos y, en definitiva, inquisitoriales pasaron a mejor vida hace ya muchos años.