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Asistencia sanitaria

3 Comentarios
 
Asistencia sanitaria
22/11/2005 18:34
Hola.

Alguien puede responderme a estas cuestiones sobre asistencia sanitaria?

- Una persona que no ha trabajado nunca, y que no es beneficiario de otra, ¿no tiene derecho a asistencia sanitaria gratuita de ningún tipo? Me han comentado que hay una especie de convenio especial con la Seg. Social y pagando una cuota mensual puedes tener derecho a esta asistencia.....es así?

- Cuando un trabajador causa baja en seguridad social por cese en una empresa, ¿durante cuanto tiempo tiene derecho a esta asistencia sanitaria si no vuelve a trabajar en otro sitio?

Gracias.

Saludos
22/11/2005 18:48
Hola.

En España exoste una universdañlizacion en la asistencia sanitaria, lo que es lo mismo, que cualquier español tiene derecho a la asistencia sanitaria gratuita.

La situacion del primer caso sería la de una persona que carece de recursos económicos o estos son inferiores al 75% del SMI. Tendria que solicitar la sistencia santiaria ante lo que antes era el INSALUD y ahora está en manos de las comunidades autónomas.

Cuando un trabajador causa baja en una empresa si es un cese voluntario, tiene si no recuerdo mal, 90 dias para arreglar su situaacion en el INSS y si ha sido por despido, fin de contrato al erminar el paro contributivo, puede solicitar un convenio especial con la seguridad social que le permite mantener las cuotas para su jubilacion y la asistencia sanitaria.
22/11/2005 18:50
Hola:

Un trabajador o autonomo tendra derecho a asistencia sanitaria durante los 90 días posteriores a su baja en SS por cese en su trabajo o agotamiento de la prestación o subsidio de desempleo.
Esto no quiere decir que esta persona carezca de cobertura sanitaria ( que hay que recordar que en España es gratuita para todos) si no que tendra que remitirse a lo servicios sociales de su localidad (yo lo tramito a traves de la asistenta social del centro de salud que pertenezaca segun el domicilio de trabajador) que emitira una reguardo de asistencia sanitaria valido normalmente por un año (caso de persistir la situación se debe volver a la asistenta social que validara la tarjeta por otro año).

En cuanto a lo que mencionas en primer lugar, el alta en covenio especial es un acuerdo suscrito entre el trabajador y la TGSS por el cual se generan o mantienen el derecho a determinadas prestaciones mediante el pago de determinadas cuotas mensuales a cargo exclusivo del trabajador.Estas prestaciones serian Invalidez permanente, jubilación, muerte y supervivencia y asistencia sanitaria.

Un saludo
22/11/2005 19:03
Gracias, Ninfa y MARAL.
Os parecerá mentira, pero esta misma mañana no supo darme la respuesta un funcionario de la Seguridad Social, bueno el se remitió directamente a la pagina de internet de la seguridad social ( http://www.seg-social.es/inicio/?MIval=cw_usr_view_Folder&LANG=1&ID=45195) y me dijo que solo afiliados en alta, pensionistas y perceptores de prestaciones de algún regimen de seguridad social o familiares o dependientes de los anteriores. Le pregunté entonces que si una persona que no trabaje y no tenga familiares no tiene derecho a ir al medico .........su contestación: "pues no"
En fin.
Gracias de nuevo
Saludos