El Servicio de Orientación Jurídica (que es donde te "dan" la justicia gratuita) también sirve para asesorar. Tú vas, le explicas el problema que tienes, si quieres denunciar, demandar... y ellos te expicarán si tiene sostenibilidad y lo que necesitas para iniciar un procedimiento.
Es decir, que no sólo te asignan abogado cuando existe ya un procedimeinto abierto, sino que se orienta y asesora a quien acude a pedir solamente información o para quien quiere iniciar un pleito sea penal, civil, laboral o administrativo.
Según he leído en Internet, al solicitar la asistencia jurídica gratuita tienes que decir para qué juicio la quieres (por ejemplo, para el juicio 140/2008).
Se sobreentiende que eso quiere decir que previamente has de haber demandado o denunciado. ¿Estoy en lo cierto?
Lo que no entiendo es qué pasa en los casos en que el ciudadano no sabe si el problema que tiene hay que denunciarlo o demandarlo. No sé si me explico. Hay gente que necesitaría primeramente tener una consulta con un abogado y que éste le dijera si hay que denunciar/demandar
¿No existe la posibilidad de que esa consulta entre dentro de la asistencia jurídica gratuita?