Me han concedido asistencia jurídica gratuita ya que voy a reclamar que la empresa me pague un dinero que me debe pero me dice el abogado que me cobrará el 15% de lo que saque.
¿Puede hacer eso un abogado de oficio? Si precisamente he pedido asistencia jurídica gratuita es para recuperar lo que se me debe íntegramente si de ahí tengo que pagar el 15% no hay manera de que no salga perjudicado.
Uno es abogado de oficio y otra cosa muy distinta es la justicia gratuita.
El abogado de oficio se le asigna y si le consigue en una reclamación de cantidad alguna retribución este cobra su minuta.
smo
¿Y no se le pueden imputar las costas a la empresa cuando sea condenada?
Es que de esta manera pierdo dinero de la indemnización de 33 días por año trabajado aunque gane la demanda.
No es habitual en el Orden Social que se impongan costas.
Si se imponen, generalmente es porque el juez aprecia "temeridad" y, además de las costas, imponen multa. (generalmente se da cuando la empresa no acude a las conciliacioones).