Acabo de recibir el requerimiento para un desahucio y me gustaría preguntar lo siguiente:
Puedo pedir asistencia jurídica gratuita si tengo algo de dinero en la cuenta bancaria pero me encuentro en desempleo desde principios de año? Cumplo con los requisitos tras haberme informado sobre ello (desempleo, sin bienes muebles o inmuebles, etc), pero no encuentro nada sobre cuál es la cantidad máxima de dinero en cuenta para recibir esta asistencia.
Mi intención es subsanar el desahucio lo antes posible abandonando la vivienda. Dejando constancia o interés de este abandono voluntario en el plazo de 10 días se sobresee el juicio/requirimiento y todo finaliza sin más (algo así pone en el requerimiento recibido)?
Pueden embargarme la cuenta bancaria si, abandonado el domicilio (en perfecto estado, se entiende) la casera desea exigir cantidades monetarias?
P.D: Se dejó de pagar la renta después de que la casera amenazara gravemente, intentara allanamiento de morada en 2 ocasiones, intentara meter gente a vivir en el salón y nos cortara internet (todo esto porque quería subir la cuota fuera de plazo y lugar y cuando se le dijo de sentarnos a hablar sobre la subida enloqueció). Antes de eso recibió la cuota mensual durante años.
Para conceder la asistencia se examina toda la situación financiera, ingresos, y patrimonio, en este caso ahorros.
Pero cada Colegio de Abogados resuelve en un sentido diferente: debe preguntarlo en su localidad: dese prisa que el plazo si desea suspender la contestación son tres días.
Si su intención es dejar la vivienda, entregue las llaves en el Juzgado, pero ello no impedirá una posible condena en costas, ya que quedará acreditado que en realidad si que hay rentas pendientes y por lo tanto la interposición de demanda estaba justificada. También se les condenará al pago de las rentas pendientes, si el demandante lo ha pedido.
Y si, si no abona las sumas que deba pagar según la sentencia, es posible que le ejecuten.
Muchas gracias por la respuesta. La verdad es que me aclara bastante la mayoría de los puntos.
No obstante, sobre la asistencia jurídica gratuita cuál sería la cantidad máxima de ahorros para acceder a ella? Aproximadamente. 1000, 3000, 5000, 10000...? Para un soltero en Madrid sin ingresos, en desempleo y sin bienes muebles ni inmuebles.
Una cifra aproximada sería de gran ayuda.
En el juzgado me informaron que para conseguir la asistencia jurídica gratuita en defensa, además de lo que ya sabemos en cuanto a ingresos por trabajo o bienes muebles e inmuebles, los ahorros en cuenta bancaria deben otorgar menos de 1000€ de beneficio anual.