¿Puede solicitarse asistencia jurídica gratuita para la presentación de recurso ante el T.S. contra sentencia de reconocimiento de custodia compartida?
¿Cuál es la forma de solicitar la suspensión del plazo para interposición del recurso, mientras se tramita la solicitud de asistencia gratuita?
¿Es posible la condena en costas en un procedimiento de custodia?
Les agradecería su ayuda en estas cuestiones, un saludo
1º.-Registra escrito ante el TS, en la oficina, o por correo postal certificado, o vía Fax, pidiendo la a.j.g. Y a la vez la suspensión del plazo de interposición del recurso, HASTA QUE LA COMISIÓN CENTRAL (¡ojo! Central, no Provincial, son 2 distintas) resuelva sobre tu slicitd de a.j.g. Te quedas con copia de lo registado, con sello incluido, ha de ponerse al original, y a la copia, que te quedas.
2º.- Después envías copia de ese escrito, junto con documentación que pruebe tus ingresos o bienes, al Colegio de Abog. de Madrid, ya que en esa zona se halla el TS. No te preocupes si no aportaras todo, el Colegio de Abog. te lo requerirá, mediante notificación certificada,u otro medio fehaciente, en un nuevo plazo de 10 días.
De todo ello te quedas copia, los formularios de a.j.g. A registrar en los ICA. Los tienen ellos, o lo puedes descargar de Internet.
¡ojo!! Siempre que el asunto no sea urgente, grqve, pide en tu a.j.g. Sea suspendido el plazo de interposición de tu pretensión HASTA QUE LA COM. SE PRONUNCIE, no aceptes las designaciones provisionales de los profesionales, porque te puedes encontrar con este -patato-,
Artículo 27 Efectos del reconocimiento del derecho
En primer parrafo ...si te te reconocen la a.j.g.... NO HAY PROBLEMA.
PERO,
En segundo parrafo... si te la denegaran...
Si el derecho no fuera reconocido, los profesionales intervinientes podrán percibir de sus defendidos o representados los honorarios correspondientes a las actuaciones practicadas.
DE AHÍ, QUE SE PIDA SE SUSPENDA EL PLAZO PARA COMENZAR A ACTUAR CON ABOG. Y PROCURADOR,.HASTA QUE LA COMISION SE PRONUNCIE, Y NO EMPEZAR A ACTUAR CON LAS SOLAS DESIGNACIONES PROVISIONALES DE LOS PROFESIONALES, porque la Comisión Central o Provincial, de a.j.g. Es –la que tiene la última palabra--- si te reconocen o no, la asistencia gratuita.
Espero te valga, y a todo aquel que solicite la a.j.g.