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Asistencia al detenido

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Viendo 201 - 201 de 201 comentarios
01/10/2005 11:35
Estimado amigo me temo que no todo es como piensas. Antes de asistir al detenido tienes derecho a que la policía te informe con todo lujo de detalles de cual es el motivo de la detención, e incluso que te expliquen cómo ha transcurrido la misma, es decir, si ha habido incidentes, se ha habido resistencia, si ha habido forcejeo, etc. etc. En lo que se refiere a que tengas derecho a entrevistrarte con el detenido antes de la declaración, mucho me temo que no es así. El art. 520.6 de la L.E.Cr. establece que el abogado tiene derecho a entrevistarse con el detenido de manera reservada al término de la diligencia en la que hubiere intervenido. No obstante, yo entiendo que este artículo no impide que el letrado se asegure de que el detenido ha entendido perfectamente todos sus derechos, para lo cual, puede hablar directamente con él, y es muy interesante que el letrado se asegure de que el detenido ha entendido perfectamente tiene derecho a "declarar sólo ante el Juez", lo cual genera un triple efecto en favor de su defensa: por un lado, evitamos que manifieste ante la policía y que de esa manifestación se derive algún perjuicio posterior; por otro lado, conseguimos que el letrado pueda entrevistarse de manera reservada en la propia sede policial y conocer la versión de los hechos que tiene el detenido; y por último, permitimos que el letrado pueda conocer el atestado policial íntegro puesto que antes de declarar ante el Juez, el letrado ya puede tener acceso libre al atestado en la sede judicial y antes de la declaración. Por lo que respecta a la pregunta de que si el Letrado puede conocer el atestado policial en sede de la Policía, es lo cierto que el tema no es pacífico. Hay autores que no lo dudan, sin embargo otros estiman que la policía no está obligada a dejar ver el atestado al letrado puesto que mientras el atestado no haya sido entregado al Juez instructor, podemos entender que la instrucción policial no ha concluido y por lo tanto es reservada a los cuerpos de seguridad. Mi consejo en este sentido es que no está de más pedir el atestado a los policias antes de tomar declaración al detenido, pero si éstos se niegan tampoco hay que alterarse demasidado, simplemente todo quedaría resuelto si indicamos al detenido ( en el momento de la lectura del derechos) que se acoga al derecho a no declarar y que sólo lo hará ante el Juez ( ojo, si la policia nos informa que tras la declaración policial el detenido quedará en libertad directamente y pendiente de acudir al Juzgado cuando sea citado, habrá que ponderar sobre la marcha puesto que si el detenido no desea declarar ante la policía, dificilmente le van a poder dejar en libertad), luego tranquilamente en la sede judicial tendremos derecho y tiempo para conocer todo el atestado íntegro antes de declarar ante el Juez. Salvo mejor criterio.
Asistencia al detenido
perfil mel
30/09/2005 09:26
hola, me gustaría saber si antes de asistir al detenido la policía me tiene que enseñar la denuncia y me tiene que dejar hablar con él, porque entiendo que sí, pero ...