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asistencia a proceso de negociacion

2 Comentarios
 
31/01/2013 18:21
Muchas gracias por su respuesta.
31/01/2013 12:45
El periodo de consultas se ha de realizar con los representantes de los trabajadores (comité de empresa o delegados de personal) y ante la ausencia de estos, con la comisión negociadora que se forme al efecto.

La asistencia de cualquier otra persona va a requerir el acuerdo unánime de los miembros negociadores (representantes de los trabajadores y empresa) y siempre asistirán como posibles asesores, con voz, pero nunca con voto.

Entiendo sus dudas, pero partimos de un error de base cuando dice que tienen pensado contratar a un abogado para que les represente. A ustedes les representa el Comité, pues son representantes de TODOS los trabajadores, con independencia de ustedes, e incluso ellos, estén afiliados o no a algún sindicato.

Salvo mejor opción.
Asistencia a proceso de negociacion
31/01/2013 11:40
Hola mi pregunta es la siguiente;en mi empresa se va a plantear un ERE en breve,somos un grupo de trabajadores que no estamos sindicados y habiamos pensado contratar a un abogado para que nos representara en el comite de empresa en dicha negociacion ¿seria esto posible o el comite es cerrado y no podria asistir a estas reuniones?Gracias