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Asistencia a Juntas

3 Comentarios
 
01/03/2004 10:08
Muchas gracias Erodri, la interpretación de la ley es así, pero en la practica yo he sido presidente de mi comunidad y no he acudido a ninguan junta. Nunca ha habido problemas y además jamás he tenido que firmar acta alguna.

27/02/2004 17:13
donde digo 25 propietarios, debería decir la cuarta parte de los propietarios. Perdona por el lapsus
27/02/2004 16:46
El presidente, de ordinario, es el que tiene la facultad de convocar la Junta General de Propietarios, órgano colegiado de gobierno. Es cierto que puede ser convocada por el 25% de los propietarios que representen el 25% de las cuotas de participación, pero no es de recibo, a mi modo de entender, que el que convoque a una Junta no asista. El art. 19 de la LPH dice que el acta se cerrará con la firma del presidente y del secretario, y desde su cierre los acuerdos serán ejecutivos, salvo que la Ley prevea otra cosa; mal puede dar el visto bueno a unos acuerdos si no asiste.
Si un presidente quiere renunciar, deberá o bien convocar una Junta al efecto, o bien en los 30 días siguientes al nombramiento acudir al Juez y solicitar el relevo, invocando las razones que le asisten para ello. El nombramiento de presidente es oligatorio. ART. 13.2 LPH.
En resumen. El presidente representa a la Comunidad, en juicio y fuera de el, tiene responsabilidad de sus acciones u omisiones al frente de la Comunidad, y aunque el viento no se ve, existe, lo mismo se puede aplicar a este caso, que por encima de todo aquello que queramos o no imaginar, está el sentido común, y el sentido común dice que nuestra casa empieza en el portal.
Espero que te aclare algo. ´
saludos.
Asistencia a juntas
27/02/2004 13:32
Buenos días a todos, espero me ayudeis nuevamente.

Ningun articulo de la LPH exije la obligación del Presidente de acudir a las Juntas de Propietarios, ¿ES CORRECTO?.

Si un presidente quiere renunciar al cargo por no ser ya propietario, debe acudir a la Junta y renunciar en ella personalmente ¿ENTIENDO QUE NO ES NECESARIO??? AYUDA AL RESPECTO.

Bastará con entregarle carta derenuncia al Administrador ??????

Gracias