Me gustaría que me asesoréis en la compra de un local sin división horizontal ni registrado
Tengo la oportunidad de comprar un local comercial a un particular a muy bien de precio, puesto que esta persona necesita el dinero, pero el problema que hay es que el local todavía no está registrado, puesto que no posee la división horizontal. No la posee porque está en la zona antigua de la ciudad (es un local de unos 80 años) y por olvidos, riñas entre vecinos, … lo fueron dejando.
El dueño posee un montan de escrituras antiguas desde 1946 y parece que no tiene cargas. El lo tiene en testamento (tiene una copia de la aceptación del mismo). Me comenta que no lo registró porque no tenía la división horizontal.
He estado hablando el tema con la administradora de fincas que lleva la comunidad y me comenta que en estos momentos parece que hay un pequeño acuerdo en realiza la división pero que podría tardar - 6 meses. El problema es que el vendedor no me quiere esperar y quiere vender ahora a través de un contrato privado.
Me gustaría comprar el local pero lo quiero hacer de forma segura, puesto que no me gustaría recibir sorpresas después de comprarlo. Que debo hacer?, hay alguna forma de legalizar el local sin la división horizontal?. El contrato privado que problemas me puede traer?
Agradecería un buen consejo o alguna buena experiencia que tuvierais al respecto, puesto que el bajo esta muy bien pero no están los tiempos para perder tus ahorros.
Gracias.
Si se trata de no perder sus ahorros y la opción que está barajando es comprar un local de 80 años sin división horizontal ni registrado me parece muy, pero que muy arriesgada.
Si además de lo anterior, le sumamos la urgencia del vendedor en hacerlo ya, el riesgo desde mi punto de vista es pero que muy evidente.
Imagino habrá acudido al registro y al ayuntamiento para verificar la situación real del inmueble.
Y si le plantea una compraventa sujeta a inscripción en plazo? Es decir compro el local pero condicionado a que se pueda escriturar antes de 6 meses, en caso contrario la compraventa quedará anulada recibiendo una compensación económica por su parte. Al menos ya que le veo muy centrado en la compra trate de no asumir vd. todos los riesgos. (Que son muchos).
Me ha comentado un compañero de trabajo (no es abogado pero trabajo en una inmobiliaria) en caso de que no esté registrado, no siempre es fácil demostrar que el propietario es en realidad la persona que intenta vender el inmueble. Que se trataba de un punto delicado, ya que la transmisión de bienes no registrados es una operación que puede prestarse a estafa. Por eso, es fundamental tener constancia de la autenticidad y legalidad de los documentos acreditados por quien se presenta como propietario de la vivienda.
Por lo que me dice bastará con un contrato de compraventa o una escritura de aceptación de herencia en los que se especifiquen los datos personales de las partes. Una vez demostrada la propiedad del bien, se puede proceder a su compra.
Además del precio acordado entre las partes, habría que empezar a desembolsar dinero en diversos trámites, que se multiplicaran por dos. Es decir, el comprador (yo) tendría que pagar dos veces los honorarios del notario, que tendria que dar fe de dos contratos de compraventa (el actual y el anterior). También tendría que costear dos veces el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, por la misma razón. Cuando se hayan realizado, ya se puede elevar el contrato a escritura pública.
Una vez realizado todo esto debería ir al juzgado del lugar donde se ubique la vivienda y promover un procedimiento denominado expediente de dominio. Este proceso por lo que me dijo se inicia con la presentación ante el juez del título de dominio y la certificación del catastro municipal de que el inmueble no se encuentra registrado.
Además, el propietario deberá designar a las personas que deban ser citadas para que el juez, con el resultado de las alegaciones y pruebas propuestas, valore y dicte auto. Entre estas personas estará el anterior dueño del inmueble y los propietarios de los edificios o pisos colindantes, los vecinos. Una vez determinada la propiedad por parte del juez, ya se puede inscribir la vivienda en el registro de la propiedad de la localidad en la que esté situado.
Me gustaría conocer la opinión vuestra sobre esta propuesta. ¿La veis oportuna y correcta para esta compra? ¿Cuánto me costaría realizar todos estos trámites? El me dijo que si el local lo escrituro por 75000€ los gastos me podría salir más o menos por 15000€
• Impuesto de transmisiones patrimoniales 5250x2=10500
• Medir el local por un aparejador +-600€
• Gastos de notario, procurador y juzgado +-3000€
• Notario +-300X2=600€
• Registro de la propiedad +-350€
La idea mía es que si esta opción la veis factible, es ofrecerle al vendedor los 75000 menos los gastos que tengo que soportar. Agradecería mucho vuestra opinión.
Saludos