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aseguradora y conductor no habitual

5 Comentarios
 
20/07/2006 19:31
Tienes razón ac37. No sé en que estaba pensando. Dicen que de sabios en rectificar y rectifico, aunque no sea una sabia.
Lo que he dicho debe ser competado con lo que dice la Ley del Seguro y Circulación de Vehículos a Motor, según la cual, la aseguradora sólo puede oponer como causas de exclusión las expresamente tasadas en la Ley, entre las que no se encuentra que el conductor no sea habitual. Por tanto la aseguradora deberá responder siempre de lo que cubra el seguro obligatorio, pero no de lo que exceda. Sólo es disponible entre la aseguradora y el asegurado lo que exceda del seguro obligatorio.
Seguro obligatorio: aseguradora responde.
seguro no obligatorio: habrá que ver las cláusulas del contrato.
perfil Rus
20/07/2006 17:55
Yo me afirmo y ratifico en lo dicho, consultado cuando saqué al carnet hace años, pues en la Autoescuela me dijeron que si el seguro del coche no estaba a mi nombre, me tenían que poner como segundo conductor. Pregunté y me dijeron que si el seguro no excluía a nadie, la aseguradora no podía alegar fraude.
Tiempo después, volví a consultar, pues en la OMIC había consultas de ese tipo, y en el Juzgado me seguían diciendo lo mismo.
20/07/2006 17:45
No puedo estar de acuerdo con la última intervención, pues conduciría al absurdo de q nadie podría conducir un coche prestado si antes no avisa -fehacientemente- a la aseguradora. Entonces en un caso de urgencia y sin tlfno ni burofax ni notario ni etc, no puedo coger el coche pq si tengo un accidente la compañía no me cubre? No creo q esto sea lógico ni racional, sino todo lo contrario.

20/07/2006 11:02
La Ley del Contrato de Seguro dice que debes comunicar a la aseguradora cualquier aumento del riesgo asegurado. Por eso, deberías informar a la aseguradora si va a conducir el vehículo un conductor no habitual.
Si no avisas a la aseguradora, ella podrá librarse de pagar si prueba que hubo mala fe por tu parte al no notificarle y, si el culpable del accidente es el conductor no habitual, él tendría que responder. Por eso, no es aconsejable conducir vehículos ajenos.
Esta es mi opinión que, como novata que soy, puede y, en su caso, debe ser corregida por alguien más experto que yo.
perfil Rus
19/07/2006 17:49
Si no me equivoco, depende del seguro. Si no lo excluye expresamente, está incluído.

No tengo constancia de que se hayan declarado cláusulas ilegales, pero sí que ante el intento de las aseguradoras de no cubrir el 100% por no tratarse del titular, el Juez dice que no, que mientras no se excluya en el contrato, hay que cubrir el 100%.

En consumo hay muchas consultas similares: El padre que compra un coche para su hijo, poniendo el seguro a su nombre (más barato) y sin poner al hijo como segundo conductor, tras el accidente, la aseguradora dice que no cubre el 100% (no recuerdo ahora cómo es la expresión que se utiliza), y la respuesta siempre es al misma: mire las cláusulas, a ver qué dicen.
Aseguradora y conductor no habitual
19/07/2006 17:39
Hola. ¿La aseguradra está obligada a responder en caso de accidente cuando el vehículo lo conduce un conductor no habitual? He oído en un programa de motor que los jueces han declarado las cláusulas que excuyen la responabilidad ilegales porque lo que el seguro obligatorio asegura el coche, no al conductor. Gracias