Hola. Hace unos días os hice una pregunta acerca de la reclamación a la aseguradora de una indemnización de daños personales por accidente de tráfico. Me aconsejasteis que consultara a un abogado y, así lo hice. Lo primero que me dijo fue que tenía que reclamar la indemnización a la aseguradora por burofax y lo hice. Pero la aseguradora no ha aceptado el burofax por no ir dirigido a alguien en concreto. No tengo cita con el abogado hasta el jueves así que me preguntaba si podríais decrime qué he hecho mal.
Yo envié el burofax a la aseguradora en la dirección de mi localidad, sin especificar departamento alguno, como me dijo mi abogado, que me dio la carta para que la llevara a correos. Es la misma dirección de las cartas que he recibido de la aseguradora, sólo que en ellas se especifica el departamento (siniestros de automóviles) que no aparecía en la notificación que yo envié por correos ¿Tendría que haberla dirigido a ese departamento o es que la aseguradora se está riendo nuevamente de mí? Gracias.
En mi opinión, que sólo soy estudiante de Derecho y deberá ser ratificada por algún abogado que pulule or el foro, la notificación es correcta y suficiente para producir sus efectos.
Lo que intenta la Compañía es no darse por notificada porque para que la reclamación extrajudicial sea válida requiere que el deudor tenga conocimiento de ella. Sin embargo al haberla hecho mediante burofax (igual que si se hubiera hecho mediante notario), los tribunales aceptan que produce efectos el sólo intento de notificar.
Eso es lo que yo creo pero, espero que alguien más experimentado que yo lo confirme o te informe mejor.
Yo acabo de enviar un burofax para interrunpir la prescripción y , aunque las notificaciones que hicieron a mi cliente también venían del departamento de Siniestros de Automóviles, lo dirigí, sin más, a la aseguradora en la dirección del lugar del accidente, que creo que es lo que has hecho tú. Todavía no me han contestado. Ya te contaré. No quisiera tener que gastar otros 20 € en otro burofax.
el hecho de que la aseguradora haya negado su aceptación, no la exime de haber recogido la notificación, y ello dado que la dirección es correcta, así como los datos de la aseguradora.
Gracias. Menos mal porque la verdad, no me hubiese gustado hacerlo mal con nigún cliente pero, mucho menos en este caso, que es familiar y me lo estaría echando en cara toda la vida.
Celebro haber acertado en la respuesta.
A mi me parece que, aunque hubieres dirigido la reclamación a ese departamento concreto, la habrían rechazado diciendo que quien lleva el asunto no es ese departamento sino otro. El caso era rechazarla. Suerte.
Las notificaciones a empresas con diferentes departamentos son válidas aunque se hagan a un departamento equivocado (típico caso de Cías de seguros), pues la empresa debe gestionar internamente esa notificación y el remitente no tiene obligación de saber el departamento exácto al que debe dirigirse, Basta que la notificación se haga a una dirección válida de la empresa.
Gracias. Entonces, la denominación antigua que yo puse y, que es la que ponía en las cartas que me remitieron, es correcta. Lo que yo decía, se están riendo de mí. Muchas gracias.
J..., veo charlas y charlas sobre cuestiones relacionadas con aseguradoras. Me temo que su objeto social no es asegurar, sino timar a los pobres beneficiarios de las pólizas...