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Ascensor

13 Comentarios
 
perfil ALH
23/02/2006 20:33
Una última cuestión. Los del bajo están obligados a pagar las cuotas de instalación, mantenimiento y demás del ascensor? Según lo que yo he entendido de la ley, están obligados a no ser que por unanimidad los propietarios de la comunidad le eximan de ello. Gracias.
perfil ALH
22/02/2006 20:58
Gracias de nuevo, RA07.
Lexis, es un edificio de 4 plantas, hay espacio suficiente en el portal para poner el ascensor, lo único que habría que cambiar el cuarto de los contadores (que es como una especie de armario del portal) y buzones de sitio.
Saludos.
22/02/2006 10:23
¿Cuantas plantas tiene el edificio?.
¿Existe el espacio adecuado para instalar el ascensor, o hay que realizar otras reformas para adecuar el espacio de instalacion, afectando zonas comunes?.
¿Se va a instalar en un patio de luces?.
22/02/2006 09:04
ALH, la ley a la que te refieres es la propia LPH, que en su Art. 17 1º párrafo 3º reduce la mayoria necesaria cuando existen minusválidos en la comunidad de 3/5 partes a mayoria simple (más del 50%).

Y en el Art. 10, 2º, equipara con los minusválidos a los mayores de 70 años, con lo que a éstos últimos se las aplica también mayoría simple en la interpretación de la Ley.

Se entiende que el minusválido debe estar a favor de instalar el ascensor, ya que podría estar en contra (por vivir en un bajo, por ejemplo) y crear un conflicto de aplicación de los preceptos legales.

Saludos.
perfil ALH
22/02/2006 00:46
Me gustaría que me dijeras una cosa más, RA07. Me han comentado que hay una ley por la que si en la comunidad de propietarios hay personas de más de 70 años se está obligado a poner y aceptar la instalación del ascensor y su cuota correspondiente de gastos y demás. Es eso cierto?
Muchas gracias de nuevo, y saludos.
21/02/2006 09:09
Hola ALH:

Le comprendo, pero si 3/5 partes de sus vecinos aprueban la instalación, queda Ud. obligado al pago de la parte que le corresponda.

Es lo que dice la Ley, se reformó precísamente para evitar que circunstacias como la suya privaran al resto de la Comunidad de aprobar mejoras para todos.

Ya le he comentado qué debe hacer para asegurarse de que conste su voto en contrario.

Saludos.
perfil ALH
20/02/2006 22:03
Lo único que me interesa ahora mismo es poder llegar a fin de mes, vamos que el hecho de que se revalorice la finca ahora no es mi prioridad. Me parece muy bien que mi piso vaya a valorarse más, pero ¿de qué me sirve si yo lo que quiero no es vender el piso en este momento ni en un futuro próximo?
Gracias a todos por sus respuestas. Saludos.
18/02/2006 00:45
ALH:

Si quiere que conste su voto en contrario, escríbalo así en la Convocatoria de la Junta cuando la reciba, (Voto NO al punto de Instalación de un ascensor en la Comunidad), y entréguesela al Presidente o al Administrador, y haga que le firmen el recibí y fecha en una fotocopia.

También puede enviársela por Burofax, pero le costará unos 20 Euros el envío.

También puede salvar su voto (decir que se lo reserva), o no acudir a esa Junta, y cuando reciba el Acta impugnarla ante un Juez, pero el procedimiento le puede costar mucho dinero.

Piense que es verdad que su vivienda obtendrá un mayor valor de venta que el importe que le correponda pagar en la obra del ascensor.

Saludos.
perfil ALH
17/02/2006 21:23
Tenía entendido que al ser eso, una mejora, no tenía obligación de admitir esa mejora, y que además no debía abonar ninguna cantidad ni por instalación, ni por gasto de uso, ni por mantenimiento, ni por nada relativo al tema.
Además, cómo se supone que se debe dividir el gasto de electricidad derivado del ascensor? Gracias de nuevo.
17/02/2006 20:36
Después de la instalación, que mejora la finca, viene el gasto de uso y mantenimiento.
Los que pagen este gasto usarán llave.
perfil ALH
17/02/2006 19:51
Pensé que no era obligatorio. En algunas comunidades se pone el ascensor pero sólo unos lo pagan porque hay otros que no lo quieren. He oído que llegan a poner llaves para que sólo lo puedan utilizar quiénes lo paguen.
De todos modos, yo no puedo permitirme económicamente una derrama para poner un ascensor que sinceramente tampoco necesito (yo vivo en un segundo y ahora mismo no tengo problemas para subir la escalera).
Gracias de nuevo por vuestras contestaciones.
Saludos.
16/02/2006 20:47
estoy de acuerdo con Iris, mirate el arti.17.1 de LPH si no asistes ni representada tienes 30 dias para decir la tuya.
16/02/2006 20:37
Si la mayoria del 60% aprueba poner ascensor tienen que pagar todos, por su porcentaje de participación en la propiedad.
Ascensor
perfil ALH
16/02/2006 20:11
Hola. En la próxima junta uno de los temas será poner ascensor en la finca. Creo que no es algo obligatorio, con lo que puedo decir que no quiero ahora mismo tener ascensor para mí. Yo no podré asistir a dicha junta, con lo cual, si la mayoría decide que quieren poner el ascensor, yo tendría que abonar las cuotas que se decidieran pese a no quererlo? Cómo debo hacer llegar mi voto en contra de esa propuesta? No me es posible acudir a las juntas porque están dentro de mi horario de trabajo, y la idea de entregar autorización a alguno de mis vecinos propietarios no me inspira ninguna confianza.
Pueden ayudarme, por favor. Gracias de antemano.