Bueno un foso debe estar calculado para soportar un hipotético desplome del elevador, ya de por si, este tipo de instalaciones, presentan un inconveniente técnico que en teoría no está obligado a consentir, ahora esto ya hay que defenderlo en los tribunales, y los jueces están muy verdes en estas cuestiones, son cuadriculados. Lo que digan los peritos.
No me queda nada claro, en que va a afectar ese foso, al actual techo de ese local y si va a afectar a la estructura del edificio.
Piensen que el foso, va a soportar una serie de elementos del ascensor, que incluso podrían afectar al actual techo.
Por otro lado, ¿quien va a garantizar el tema de vibraciones y ruidos en el local?.
Creo que el propietario, ha actuado con bastante ligereza al dar el premiso, sin valorar los pros y los contras. Ha debido pensar que hoy está ese inquilino, pero mañana puede haber otro que le plantee problemas.
Pregunten por escrito al arrendatario qué perjuicios le origina la obra durante su ejecución, ofreciéndole la correspondiente indemnización y salden su crédito, a ser posible, sin necesidad de pleito.
Si se niega en rotundo, amparándose ustedes en las disposiciones del Código Civil, la Ley de Propiedad Horizontal y doctrina jurisprudencial reguladoras de ésta materia, insten del Juzgado la obtención de la pertinente sentencia que les autorice a ejecutar las obras.
La Ley de 26 de junio de 2013 ha extendido a este supuesto concreto el ejercicio del derecho al que usted se está refiriendo.
Un nuevo dato... Debo rectificar. El propietario del local si ha dado su visto bueno. Se trata de la persona arrendataria del local quien no facilita el permiso. ¿Vuestra respuesta sería la misma?
Efectivamente afecta al volumen del local, ese propietario tiene derecho a ser compensado y si afecta a su negocio ser cubierto por la comunidad el lucro cesante. Veo que las negociaciones con el propietario se encentran en pañales.
Entiendo que el local dispone de falso techo, sería inapreciable una vez tapado, pero si cuelga, por supuesto que le afecta.
Hola de nuevo.
No. Quedaría sobre su techo. Pero para realizar la obra se ha de intervenir desde abajo, es decir desde el local. Una vez finalizada la obra, su techo volvería al estado normal, sin nada que sobresaliera hacia su volumetria.
Efectivamente. Disculpas.
Correspondería unicamente a la obra en una parte de su techo (unos 2 x 2 mts.) que ubicaría los refuerzos (vigas) para el foso colgante. Una vez realizada la obra y tapado ese hueco, que como digo sólo sería para acomodar las vigas, no existiria ningún otro tipo de impacto visual ni modificación de espacio. Esa zona de techo volvería a estar en perfecto estado.
En el edificio en el que vivo se ha llegado al acuerdo para llevar a cabo la instalación de un ascensor. El único problema que hemos tenido es con el propietario del local en planta calle que se niega a dar permiso de acceso con el objetivo de realizar la obra (de 1 o 2 días de duración) que permita ubicar el foso de tipo colgante. Se ha hablado incluso de la posibilidad de realizar dicha obra fuera de su horario comercial para evitarle molestias. ¿Está en derecho con su negativa? El acuerdo en la comunidad es superior a las 3/5 partes de los vecinos.