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Ascensor Comunidad BAJO

16 Comentarios
 
30/03/2012 18:15
Donde dije que votaban 10 quise decir que votan 6
30/03/2012 15:25
contadora: lamento no poderle decir algo al respecto, lo ignoro.
Ikadroli, con tantos numeros me equivoque, pero usted comprendió el tema.
No le de mas vueltas a la forma de pago por coeficientes, es así y ya está
articulo 3º B
A cada piso o local se atribuirá una cuota de participación con relación al total del valor del inmueble y referida a centésimas del mismo. Dicha cuota servirá de módulo para determinar la participación en las cargas y beneficios por razón de la comunidad. Las mejoras o menoscabos de cada piso o local no alterarán la cuota atribuida, que sólo podrá variarse por acuerdo unánime.
Si le dicen lo contrario, exija que se lo demuestren que es así, usted ya tiene la prueba que no es así
30/03/2012 14:27
Lo que no entiendo es que siendo 10 vecinos puedan votar 10 a favor y 4 en contra si hay morosos.

¿Es que en su comunidad los morosos también votan?

Busque un abogado y déjese de foros.
30/03/2012 14:08
Vaya al Juzgado y solicite un Abogado de oficio.

Saldrá ganando.
30/03/2012 13:39
Será una décima parte si todos los pisos son iguales o tu coeficiente de participación es una décima parte. Si tiene alguna duda, consulta las escrituras de tu piso. Si no las tuvieras todavía, tiene que figurar en los estatutos de tu Comunidad. Si no los localizas, tendrías que ir al Registro de la Propiedad... pero eso es más rollo, pero sí puedes consultar a otro de los vecinos, de los que están de tu parte, que sepas que su piso es igual que el tuyo, aunque a veces hay algunos constructores que aunque dos pisos tengan la misma superficie, les asignan distinto coeficientte en función de la altura, pero esto no es lo normal. ¡AH! también debe de figurar en las actas de las reuniones en que haya habido votaciones, pues no todos los votos cuentan igual si los coeficientes son distintos. El voto vale tanto como el coeficiente de participación.
30/03/2012 10:25
Hola Contadora,
Osea que el reparto se realizaria entre los propietarios según los coeficientes de participación de cada vivienda...
Osea, 10 viviendas, decima parte cada uno...
Muchas gacias.

Este caso es en Valladolid, no se si habrá alguna subvención a la que atenernos, ya que el presidente no nos ha comunicado nada con respecto a esto...

30/03/2012 09:27
Según la LPH, el coste del ascensor se reparte entre los propietarios según los coeficientes de participación de cada vivienda, incluídos los locales, si los hay, siempre y cuando no se apruebe POR UNANIMIDAD otro sistema de reparto. Lo de pagar por alturas estaba en la ley antiguamente, pero hace muchos años que se modificó. De todas formas, en algunas comunidades lo siguen haciendo así, pero repito, tiene que ser POR UNANIMIDAD.
30/03/2012 07:58
Jalisco, ya veo que están superinformado. En mi casa hay un problema muy parecido, pero tengo una duda. En la Comunidad de Madrid dan subvenciones para la instalación de ascensores. En la última reforma de la LPH dicen que aunque tus ingresos no superen el 2,5 del IPREM, si puedes tener derecho a una subvención (no dice que realmente te la den) lo anterior no es válido si lo que te toca pagar anualmente no supera un tercio de tus ingresos anuales. ¿Quiere decir que el total de tu parcicipación en el coste del ascensor no supere tus ingresos de un año? o ¿que si proponen pagarlo, por ejemplo, a plazos en diez años, que tu cuota mensual del crédito no supere tus ingresos durante esos diez años? ¿Cómo interpretas tu esto? Si se ha aplicado ya en algún caso, ¿cómo lo han hecho? Muchas gracias.
30/03/2012 00:04
Jalisco,
Muchas gracias otra vez!
Tomo nota de lo que me has dicho, y lo voy a hacer.
Con referencia al pago del 10%, de la cantidad
de 140000, mi parte serian 14000, no 1400.
También me han comentado que el pago
se debería abonar en %, en función de altura de la vivienda, me explico... que el del 4º pague más que el del bajo (mi caso...), hay algún artículo que recoja esto?
Muchas gracias, de verdad.
Un saludo,
29/03/2012 20:56
ikarodri, el vecino que no paga no deberia de valer su voto, no entiendo como le dejais votar.
Si existen personas mayores de 70 años o minusvalidos, es obligatorio su instalación, pero pagando por coeficiente
Ahora bien supongamos que lo pagarias a partes iguales, entonces serían 1400€ tu parte.

dices que ganas 952€, la hipoteca no importa.
No se si lo siguiente te atañe, Echa la cuenta. te remito el articulo 10 de la LPH

2. Asimismo, la comunidad, a instancia de los propietarios en cuya vivienda vivan, trabajen o presten sus servicios altruistas o voluntarios personas con discapacidad, o mayores de setenta años, vendrá obligada a realizar las actuaciones y obras de accesibilidad que sean necesarias para un uso adecuado a su discapacidad de los elementos comunes, o para la instalación de dispositivos mecánicos y electrónicos que favorezcan su comunicación con el exterior, cuyo importe total no exceda de doce mensualidades ordinarias de gastos comunes.

Lo dispuesto en este apartado no será de aplicación cuando la unidad familiar a la que pertenezca alguno de los propietarios, que forman parte de la comunidad, tenga ingresos anuales inferiores a 2,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), excepto en el caso de que las subvenciones o ayudas públicas a las que esa unidad familiar pueda tener acceso impidan que el coste anual repercutido de las obras que le afecten, privativas o en los elementos comunes, supere el treinta y tres por ciento de sus ingresos anuales.
he hecho los cálculos el IPREM a 2012 es 532,51 al mes, 6390,13 12 pagas, 7465,14 14 pagas
dos veces y medio el IPREM es 1331,275 al mes, si tu al mes ganas 952,70, estas exenta de contribuir.
Si se ha aprobado la instalación o teneis que aprobarla, escribe una carta al presidente y le expones que tu te acojes a dicho articulo y que no puedes contribuir a dicha instalación.
Yo te recomiendo que le dieses dicha información al presidente por duplicado, que te firme las dos, y te quedas con una.
Tambien le puedes mandar un burofax 27€ pero es más caro.
Nunca mandes una carta, ni siquiera certificada, porque no sirve para posibles juicios.
Si os teneis que reunir para aprobarlo dinoslo, porque la forma de actuar será otra.
la otra persona que no lo puede pagar, tambien se puede acojer como tu, al articulo 10

Repasa las cuentas, por si me he equivocado
29/03/2012 19:25
Jalisco, gracias por tu inmediata respuesta.
El resultado de la votación de los 10 vecinos como te comentaba fue,
Si - 6 vecinos (Uno de ellos no paga la comunidad y una Señora creo que si que tiene más de 70).

No - 4 vecinos (Uno de ellos mayor de 70, pero NO quiere ascensor porque no lo puede pagar).

Te agradezco tu altruista consejo...
Un saludo.
28/03/2012 20:53
la pregunté que voto en la reunión y como fue el resultado, y si las personas que quieren ascensor, es mayor de 70 años o minusvalido, pero usted no contesta, y así no se la puede informar
28/03/2012 16:56
Muchisimas gracias a todos por los consejos.

Si hay vecinos mayores de 70 Euros, pero de hecho la Sra que tiene 70 años, no quiere ascensor, porque no lo puede pagar.

La votación es de hace 2 años ya, y este fin de semana huvo una reunión, para seguir con ello adelante, en el cual hablaron de pagarlo a partes iguales.

He hechado un vistazo a los links que me habeis adjuntado, pero no se exactamente como me aplicaría esto...

Me podeís decir que podria hacer en esta situación?

Muchas gracias.
26/03/2012 20:44
he encontrado esta sentencia, entre en esta pagina
http://garciacollado.blogspot.com.es/2011/10/los-ascensores-en-comunidades-de.html
http://garciacollado.blogspot.com.es/2011/09/instalacion-de-ascensores-en.html
26/03/2012 20:12
usted que votó en la reunión?
hay minusvalidos o personas mayores de 70 años?
estas dos preguntas son muy importantes
Apartes iguales tampoco se tendráia que pagar, sería por coeficiente
no me cuadra la votación que dice, si son 10 vecinos y no fueron dos, es imposible que haya 6 a favor y 4 en contra
lea estos articulos de la ley
artículo 10 de la LPH
2. Asimismo, la comunidad, a instancia de los propietarios en cuya vivienda vivan, trabajen o presten sus servicios altruistas o voluntarios personas con discapacidad, o mayores de setenta años, vendrá obligada a realizar las actuaciones y obras de accesibilidad que sean necesarias para un uso adecuado a su discapacidad de los elementos comunes, o para la instalación de dispositivos mecánicos y electrónicos que favorezcan su comunicación con el exterior, cuyo importe total no exceda de doce mensualidades ordinarias de gastos comunes.

Lo dispuesto en este apartado no será de aplicación cuando la unidad familiar a la que pertenezca alguno de los propietarios, que forman parte de la comunidad, tenga ingresos anuales inferiores a 2,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), excepto en el caso de que las subvenciones o ayudas públicas a las que esa unidad familiar pueda tener acceso impidan que el coste anual repercutido de las obras que le afecten, privativas o en los elementos comunes, supere el treinta y tres por ciento de sus ingresos anuales.
articulo 11
1. Ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, según su naturaleza y características.

2. Cuando se adopten válidamente acuerdos para realizar innovaciones no exigibles a tenor del apartado anterior y cuya cuota de instalación exceda del importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, el disidente no resultará obligado, ni se modificará su cuota, incluso en el caso de que no pueda privársele de la mejora o ventaja.
26/03/2012 18:37
Siendo así como cuenta. No está obligado a nada.
El moroso que quiere, ya sabe que no puede votar la propuesta.
De todas formas sigue siendo mayoría los que quieren, pero con esos ingresos que Ud. Tiene, no tiene obligación de soportarlo.
Ascensor comunidad bajo
26/03/2012 18:04
Hola a todos de nuevo!

Tengo un problema bastante importante, vivo en un bajo,tengo mi hipoteca, un sueldo bajo, y los vecinos del bloque quieren poner ascensor y que lo paguemos todos!

Somos 10 vecinos,

En contra 4
Yo, por supuesto - Que este es mi caso
(Nómina 952,70 a percibir y la hipoteca más de 550 más gastos de luz, etc...)
Otro de los vecinos, jubilado y con 3 hijos en paro y unos de ellos vive con él, no puede hacer frente al desembolso del pago del ascensor.
Otra vecina con una pensión de menos de 400 euros.
Y el otro vecino, vive en el bajo de al lado.

A favor 6
(Uno de esos vecinos debe 1700 Euros de comunidad, unos 2 años y 8 meses (Mensualidad de la comunidad 50 Euros), no paga, pero quiere ascensor!!).

El coste de la obra de instalación asciende a unos 140000 Euros, a repartir por propuesta de esos 6, a partes iguales entre todos los vecinos. Sin distinción de altura de la vivienda.

Hemos tenido una junta el domingo 23 Marzo con los presupuestos para la obra y la votación del pago total entre 10 vecinos a partes iguales, a lo cual logicamente hay 4 en contra y 6 a favor!
Nos entregaron un cuestionario en la reunión para elegir entre las distintas propuestas de presupuesto para la obra y la forma de pago de la misma.

(A esta reunión, la morosa y otro a favor no asistíó a la reunión).


Que puedo hacer?Esta dentro de lo legal?
Debo correr con mi decima parte de estos gastos??
Muchas gracias, OS AGRADEZCO VUESTRA AYUDA...