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Asamblea General Cooperativa

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Asamblea general cooperativa
11/12/2011 09:23
Supongamos que los asalariados de un socio de cooperativa es un asociado, pagando las mismas cuotas mensuales que otro socio pero sin cuota de ingreso o aportación al capital social.

¿La Asamblea General tiene poder para regular la calidad del servicio que presta a asociados de la Cooperativa sin más requisitos que la votación pertinente y sin necesidad de inscribir esta regulación en ningún otro sitio ?

¿Puede incluso llegar a prescindir de los servicios de los asociados por el mismo método?

Como calidad del servicio quiero decir dar preferencia del servicio a un socio sobre un asociado.

Un saludo.