En el ET se dice que la convocatoria de la asamble adebe remitirse al empresario al menos con 48 horas de antelacion, pero ¿si se realiza fuera de la empresa y fuera de jornada de trabajo es necesario comunicarsela?. Es evidente que se va a enterar cuando lo publiquemos en los tablones, pero el tramite de remitirsela indicando orden del dia,etc... hay que cumplirlo aunque no se haga en sus instalaciones?.
Saludos