Me gustaría saber que pensaís sobre esta situación:
Ayuntamiento que en sus fiestas patronales organiza una actuación musical, contrata con un intermediario artístico(asociación sin ánimo de lucro) la actuación de cuatro cantantes, dejando especificado en el contrato el Ayto. los cuatro solistas que requiere, pregunta ¿Quién debe tramitar el alta en Seguridad Social de los artistas, el Ayto como organizador, la asociación que los pone a disposición del Ayto. abonando la cantidad estipulada en el contrato a los solistas?Agradecería respuestas.
Depende lo que hayan acordado en el contrato que hayan pactado el ayuntamiento y la asociación.
Si la asociación se dedica habitualmente a este tipo de trabajos y dispone de una cuenta de cotización de artistas lo habitual es que ésta asuma el alta.
En la práctica, los ayuntamientos no son lo que dan de alta a los artistas (actores, músicos, etc..)
En el caso de los músicos suelen tener empresas que facturan al ayuntamiento y esas empresas les dan de alta estableciendo una remuneración menor que el caché que van a percibir, ya sabes, tema impuestos.
Gracias, pero este caso es un poco más lioso, ya que no se estipula nada en el contrato, y la Asociación no tiene patronal ya que solo actua para poner en contacto a los artistas con los Ayuntamientos, si bien es esta la que factura al Ayto.