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articulo 41 de la reforma

5 Comentarios
 
03/04/2014 16:25
Pues a machacarles a denuncias pero no se os ocurra rendiros y acogeros a los 20 días hay pasos que dar antes de esa medida y como no sean justificables y consigan ustedes demostrar que se trata de represalias los jueces pondrán en su sitio a estos cafres.
Saludos.
03/04/2014 16:14
Simplemente a la empresa que nos subrogó, una empresa de "servicios integrales" ,no le interesan los trabajadores fijos, y quieren amargarnos, que nos vayamos con los 20 dias y seguir la actividad con eventuales.

Gracias por tus repuestas jamgpreve
03/04/2014 14:42
Bueno pues impugne usted esa disminución del tiempo de contratación ya que la empresa no es que amortice esa jornada sino que contrata a otros para suplirles, la verdad es un contrasentido solamente explicable por represalias hacia los trabajadores.
Veo que tiene usted varias consultas y a cada cual mas intolerable y con una actitud chulesca de los mandos de su empresa y esto ocurre porque se creen que con éste puto gobierno, (tb el anterior) casados o sobornados por la patronal, pues como digo, se piensan que vale todo, pero no es así, o al menos aún no.
SMO.
03/04/2014 14:19
De acuerdo, pero aunque me rebajen a 7 meses mi periodo de contratación minima ,como la actividad sigue ,nos sustituyen por contratación eventual
03/04/2014 13:40
Es una modificación del cto del art 41 ET y por tanto ante esto usted tiene 3 opciones:
-Acatar.
-Acatar pero impugnar ante la aturoridad laboral.
-Si ésta autoridad laboral le da la razón a la empresa acogerse al art. 41.3 y reclamar la indemnización de 20 días/año.
Articulo 41 de la reforma
03/04/2014 13:08
Hola, soy fija discontinua en una empresa de turismo.
Fuimos subcontratados en la temporada pasada.
A los 6 meses de la subcontratacion la empresa presenta perdidas millonarias y amenaza con un ere o con un art,41.Negociaron con sindicatos y no llegaron a acuerdo. Tengo una GARANTIA MINIMA de contratación cada temporada de 9 meses y ahora la empresa informa que nos la rebaja a 7 meses(el periodo de actividad por temporada es de 10 meses) ¿es legal que me disminuyan el tiempo de contratacion? Si no estamos de acuerdo nos dicen que podemos acogernos a 20 dias por año trabajado. Gracias