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Articulo 30 del Codigo de Comercio

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Articulo 30 del codigo de comercio
30/07/2012 21:55
El artículo 30 del Código de Comercio vigente establece una obligación para los empresarios de conservar “libros, correspondencia, documentación y justificantes concernientes a su negocio (...) durante seis años, a partir del último asiento realizado en los libros”

Pero el codigo de comercio se aplica a todas las empresas???

Gracias!!