Hola,
entiendo que aunque un abogado pueda renunciar a llevar un caso, una persona tiene derecho a la defensa de sus derechos e intereses legítimos. Es decir si un abogado defensor renuncia faltando poco para juicio, entiendo que se puede ofrecer a otro letrado en turno de oficio para que defienda el caso o ofrecer un nuevo plazo para juicio. Es correcto??
Si el abogado defensor es del turno de oficio y ha podido renunciar -en mi provincia, teóricamente si se realiza debe ser dentro de los 5 días siguientes a la designación.
Si hay un nuevo abogado particular, éste puede presentar un escrito solicitando el aplazamiento para poder prepararlo, si es del Turno de Oficio, entiendo que se debe paralizar el procedimiento hasta la designación de otro.
Desconozco si sólo se puede renunciar en los 5 primeros días o cuando el abogado desee, pero claro está que se le debe asignar a otro en turno de oficio para que defienda sus intereses.