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art.244 codigo penal

5 Comentarios
 
Art.244 codigo penal
perfil aep
05/02/2005 23:36
La ultima reforma del codigo penal da nueva redaccion al parrafo primero del art. 244, y en concreto comienza con la expresión el que sustrajere o utilizre sin ladebida autgorizacion unb vehiculo a motor...y lo devuleve despues de 48 horas
¿considerais que la utilizaación es suficiente para considerar ejecutado el tipo, y por tanto que podemos considerar robo si el valor del vehiculo excede de los 400 Euros?, es ¿necesario que concurra fuerza? ¿basta con que se utilice en contra de la volunta de su dueñoi y transcurran mas de 48 horas sin restituirlo?
La cuestion es fundmaental, ya que caso de considerar la simple utilizacion como robo de uso, es mas que suficiente para que me cubra el daño ocasionado por un vehiculo presuntamente robado el Consorcio de Seguros.
Quedo pendiente de vuestras noticias
perfil ncl
06/02/2005 13:53
La sola utilización siempre que se devuelva dentro de las 48 horas (y sin autorización) son los elementos del 244,
Para considerarlo robo o hurto no tiene nada que ver el valor del vehiculo.
El valor del vehículo es para diferenciarlo de delito o falta de hurto.
En el robo es indiferente el valor del bien; en cuanto haya fuerza se considerará este delito.
Me explico mejor. Si te han quitado el coche en la calle y se lo han llevado y lo recueraste antes de 48 horas, lo van a calificar como 244, si es posterior a estas horas sería un Hurto.
Si te lo quitaron del garaje y forzaron la cerradura para cogerlo y lo restituyen antes 48 horas sería 244, si tardaron más entonces sería un Robo con fuerza.
Si te lo quitaron a punta de navaja, con violencia, te intimidaron .... (o a quien llevase el vehículo en ese momento) entonces sería un Robo con Violencia/Intimidación independientemente de cuando se recupere el vehículo.
06/02/2005 20:10
y por supuesto si llevaba un pasamontañas o un disfraz es otro agravante mas
06/02/2005 21:49
Para Ncl:

Soy novato en este tema, pero creo que aún en el caso de que te robaran el coche a punta de pistola, seguiría siendo un Robo de Uso,si el coche fuera restituido antes de las 48 horas, ya que lo que distimgue el Robo de Uso del Robo, es el ánimo de lucro.
07/02/2005 01:59
ncl, siento decirte que aguiladel tiene razon a mi entender y de los tribunales. Robo de uso de vehiculo sera si para acceder a él han utilizado la fuerza en las cosas. Si te has dejado la puerta abierta es hurto de uso de vehiculo. El puente no es fuerza. 400 Diferencia el la falta del delito en los dos casos. Ahora se incluye la utilizacion porque hasta la reforma solo se condenaba si podias probar que x habia sustraido el vehiculo. x decia que se lo habia encontrado abierto por ejemplo y absulucion. STS OCT 2000
perfil Dum
19/02/2005 00:57
No olvidéis preguntarle al perito si ha visto el coche personalmente o se ha basado en las tarifas por matrícula.

Si no lo ha visto hay que mantener que el valor era inferior a 400 euros.