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art.1817 LEC

1 Comentarios
 
17/09/2010 18:15
Si el juez considera la cantidad suficiente, y es él el competente para llevar tu juicio lo más seguro es que sentencie dando la razón a la compañía de seguros y lo estime suficiente (la cantidad), pero si tu no estas de acuerdo deberás interponer la demanda de juicio correspondiente, que si dices que es ordinario, tendrá que ir firmada por abogado y procurador. El resto de la pregunta no le he entendido, sorry.
Art.1817 lec
16/09/2010 06:15
Tuve un accidente, y ahora la entidad aseguradora consigna un importe que el Juez califica de suficiente, pero yo no estoy de acuerdo.Version 1817 si se interpreta como oposicion y se transforma en contencioso, es decir declarativo ordinario por cuantia.¿Tengo yo obligacion de interponer la demanda, cuando el derecho de accion dentro de los plazos previsots y con los limites del plazo de prescricpion me correspnde a mi, es decir como si no quiero ejercer la accion?.Ruego me contesteis a esta duda, pues en estos momentos no estoy por la labor, y sobre todo si el interponer la demanda en obligatorio y necesario para mi.Gracias