Yo creo que se refiere a todos los que trabajen para las Administraciones tal y como las entiende la propia Ley 30/1992, es decir: entran también los empleados de las entidades participadas en 51% o más por la Admón.
A mi modo de ver, cuando el articulo se refiere a "...por el personal que se encuentre a su servicio, considerándose la actuación del mismo actos propios de la Administración bajo cuyo servicio se encuentre..." se está refiriendo a lo que hoy la Ley 7/2007 EBEP denomina empleado publico, y ahí entraría todos, tanto los laborales como los funcionarios e incluso los estatutarios.
Vamos a ver si aparece alguien que sema mas y nos aclara , pero yo lo velo así.
Saludos