Hola, con motivo del segundo trimestre estoy haciendo la liquidación trimestral en módulos. A través de la página de Hacienda y los modelos y formularios, accedo al modelo 131 con el formulario de ayuda.
Mi duda es que al insertar la cantidad de los módulos, salen unos rendimientos superiores a 12.000 €, límite máximo para poder aplicar la redución del art. 80 BIS.
Lo que pasa es que el inicio de actividad fue el 1 de junio, y el final del trimestre fue el día 30. Es decir, he estado con un mes de actividad.
Si calculo los rendimientos de módulos durante los meses del año que voy a estar de actividad me sale una cantidad inferior a 8.000 €.
Mi pregunta es, ¿si calculo mis rendimientos según los meses de actividad, también tengo que calcular por meses los límites de la reducción, o puedo aplicarme directamente la reducción?